sábado, 3 de diciembre de 2016

CAPÍTULO CINCO - EDUCACIÓN Y DISCAPACIDAD


ESTRATEGIAS PARA MEJORAR LA OFERTA DE EDUCACION ESPECIAL Esta sección presenta una serie de estrategias que los políticos y líderes educativos pueden adoptar para mejorar la oferta de educación especial en sus países. Los tópicos que se consideran son: legislación, apoyo administrativo, servicios educativos, educación para la primera infancia, preparación para la vida adulta, participación de los padres, capacitación, e investigación y desarrollo La mayor parte de la información sobre las prácticas presentes en el nivel nacional se obtuvo de una encuesta conducida por la UNESCO durante 1986-87 (UNESCO, 1988a), a la que se hará referencia como «revisión de la UNESCO». LEGISLACION Puede parecer raro comenzar señalando a la legislación como una estrategia clave para mejorar la oferta de educación especial. La legislación se expresa en términos genéricos y puede estar bastante alejada de su aplicación. Sin embargo, existen varias razones por las que una legislación apropiada resulta de primerísima importancia. En primer lugar, permite articular y reforzar una política nacional sobre educación especial. Las políticas educacionales y sociales son habitualmente más detalladas y flexibles que la legislación que las apoye, pero un marco legal puede unificar elementos de una política, clarificar ambigüedades y resolver las tensiones entre ellos. En segundo término, la legislación permite asegurar recursos o la apropiada canalización de éstos. Es así como puede emplearse para enfocar gastos en ciertos grupos de niños, para requerir que la oferta sea apoyada por determinadas estructuras administrativas, para que se insista en ciertos niveles de capacitación de los profesores y para obligar a que se ofrezca educación especial en las escuelas comunes. Aprobar leyes, en sí mismo no significa nada; legislar en torno a estos laudables resultados no es garantía de que serán realidad. Esto conduce a dos funciones adicionales de la legislación; llamar la atención respecto a cualquier discrepancia entre la teoría y la práctica y dar municiones a quienes procuran el cambio. Como ejemplo puede indicarse a la participación de los padres en la toma de decisiones; existe bastante retórica respecto a considerar las opiniones de los padres, pero en la práctica son a menudo ignorados. Una legislación que garantice sus derechos a ser consultados respecto a la evaluación de sus hijos y en cualquier decisión adoptada en consecuencia, puede contribuir a estrechar la brecha entre retórica y práctica al asegurar a los padres que son verdaderos participantes en el proceso de toma de decisiones. Sin este apoyo legislativo los padres se convierten en dependientes de la buena voluntad de los profesionales 17 Legislacón y carecen de efectiva compensación en caso de desacuerdo. Por último, la legislación puede contribuir al cambio de actitudes; lo que se demanda con el peso de la ley tiene mayor status que lo opcional. Un país que legisla en favor de la oferta de educación especial le confiere legitimidad a ésta, haciendo más probable que los profesionales, los padres y el público la observen de forma positiva. Resulta de importancia destacar que la mayoría de los países considerados en la revisión de la UNESCO tenían algún tipo de legislación referida a la educación de los discapacitados. (en algunos pocos casos los alumnos discapacitados se incluían en la legislación común atinente a todo los estudiantes). En dos tercios de los países se aludía a legislaciones en etapa de discusión o de puesta en práctica; estas comprendían desde iniciativas libremente formuladas en diversos proyectos legislativos hasta planes definitivos destinados a incorporar regulaciones destinadas a aspectos específicos de la oferta educativa, cubriendo una amplia variedad de tópicos: intervención temprana, apoyo a las familias, nuevos currículos, desarrollos en la educación general para favorecer la integración, perfeccionamiento de profesores y responsabilidades administrativas frente a los niños mentalmente retardados. La revisión consideró la presencia de diferentes esquemas legislativos en diversos países, no obstante lo cual identificó a dos tendencias: cl reconocimiento generalizado respecto a la necesidad de apoyar mediante acciones legislativas el desarrollo de la oferta educativa y una orientación hacia marcos de referencia para la educación especial y para la general tendientes, si bien lentamente, al encuentro de ambas. La legislación educacional no constituye una panacea y no sería difícil encontrar ejemplos en los que ha tenido un impacto negativo. Hay pocas dudas, sin embargo, que una adecuada legislación constituye una herramienta especial para mantener y desarrollar un efectivo sistema educacional para los niños y los jóvenes discapacitados. Los elementos claves de una apropiada legislación han estado implícitos precedentemente: un claro planteamiento de las políticas , un coherente marco de referencia para la oferta, canalización de recursos y garantías para los derechos de los usuarios. Adicionalmente, la legislación en educación especial debería basarse en una correcta comprensión de las discapacidades y de sus implicancias educacionales. Existen aún muchas ideas que ya han sido superadas sobre las discapacidades y la educación especial; en tal sentido resulta muy lamentable que tales erróneas interpretaciones puedan incorporarse en las legislaciones. Es de toda conveniencia que los legisladores consideren el estado de desarrollo del país, sin dejar de tener en cuenta que la limitación de los recursos no justifica adoptar leyes que conducirán a un callejón sin salida y a una oferta inadecuada. Por último, la legislación debe ponerse en práctica. Cualquier instrumento es un mero adorno si no se usa; de la misma forma, los recursos legislativos deben alimentarse aplicándolos. Esto es, si se desea que la legislación tenga efecto, deben proveerse los medios y recursos para el efectivo control de su aplicación. CONTINUARÁ...

CAPÍTULO CUATRO - EDUCACIÓN Y DISCAPACIDAD


EL DERECHO A LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES La igualdad de oportunidad genera preguntas muy difíciles. A1 igual que el derecho a la educación, el derecho a la igualdad de oportunidades educacionales es ampliamente aceptado en su condición de principio general y considerablemente ignorado en la práctica. El problema es mayor que la habitual brecha entre la retórica y la realidad que se impone por limitados recursos y limitada visión. Aun cuando exista un compromiso por llevar adelante este derecho, resulta difícil establecer lo que se requiere en la práctica. La igualdad de oportunidades no significa tratar a todas las personas de la misma manera. De allí que en educación un idéntico tratamiento educativo no sea la respuesta. Los niños no son iguales y no debieran ser tratados como si lo fueran. Lo que en realidad requiere el principio de justicia es que no sean tratados de manera igual. Como ejemplo, considérese la educación de los niños ciegos: si un tratamiento igual significara ser expuestos, junto con sus pares, a una enseñanza con alto contenido visual, obviamente que no se les estaría proporcionando un tratamiento igualitario en sus oportunidades educativas. Lo necesario es transformar este principio general de igualdad de oportunidades en derechos concretos que sean significativos a nivel de la propia oferta educativa. Es lo que en parte se proporciona con la noción de tratamiento educativo diferenciado. Toda vez que los niños son distintos unos de otros, se les debe tratar en forma diferente para llegar a las mismas metas. Esto lleva al principio general al dominio de las decisiones prácticas relacionadas con la pedagogía y la ubicación de recursos. Estas decisiones pueden ser extraordinariamente difíciles en la práctica, particularmente cuando la competencia profesional y los recursos son escasos. Sin embargo, algo de tal marco de referencia resulta esencial tanto para desplazar las demandas por educación especial más allá de las plácidas generalidades como para asegurarle un lugar significativo en el nivel de los actuales servicios educacionales. EL DERECHO A PARTICIPAR EN SOCIEDAD Este derecho a menudo se expresa en forma negativa ; las personas no deberían ser discriminadas o experimentar restricciones en sus vidas más allá de aquéllas comunes a otras personas. En educación, ha llegado a ser común referirse a que hay que enseñar a los niños en el «ambiente menos restrictivo». La abundancia de estas formulaciones negativas se debe a que las barreras y los obstáculos a la participación son más evidentes y mas fáciles de destacar que la propia participación. Con referencia a la educación, el derecho a participar quiere decir que los niños no deberían sufrir restricciones innecesarias en su acceso a ella, en el currículo que se les ofrezca o en la calidad de la ense 16 Principios basicos ñanza que reciban; en ningún caso deberían, salvo buenas razones para ello, ser educados separadamente de sus pares de la misma edad. Expresado en términos positivos, esto quiere decir que los niños tienen derecho a asistir a escuelas comunes y a participar en las actividades normales con sus compañeros de la misma edad, salvo que existan razones específicas para recomendar otra cosa. Cuando se juzgue necesario educar al niño segregadamente en una escuela especial, deberá cuidarse asegurar que la naturaleza de la enseñanza que ofrezca equivalga al currículo común tanto como sea posible y que su calidad sea a lo menos tan buena como la que se ofrece en las escuelas para todos. CONTINUARÁ...

CAPÍTULO TRES - EDUCACIÓN Y DISCAPACIDAD


Introductión PA RTE A Una Declaración de Principios Los niños y jóvenes con discapacidades necesitan tanta educación como sus pares. Sin embargo, en todo el mundo muchos discapacitados reciben poca o ninguna educación. La Parte A recoge una estimación de las carencias en materia de servicios educativos adecuados, expone los principios básicos en que deberían inspirarse los servicios de educación especial y describe las estrategias clave que permitirían a los responsables de políticas desarrollar y potenciar las prestaciones destinadas a la educación de niños y jóvenes discapacitados. Todos los niños tienen derecho a la educación. Una de las tragedias de nuestro tiempo es que son muchos los niños que no reciben educación y no tienen oportunidad de ir a la escuela. Esto se agrava por la escasez de oportunidades educacionales en la adultez. El fracaso en ofrecer educación a todos los niños corre a parejas con el hambre y la guerra como una de las mayores denuncias que se hacen al presente orden político. También constituye un desafío de importancia para éste. Un mundo que dispone de los recursos económicos y tecnológicos que permiten la comunicación global instantánea, así como poner gente en el espacio, difícilmente puede decir que es imposible educar a todos sus niños. Este desafío alcanza todo su vigor moral al referirse a los niños con discapacidades. l Quienes sufren discapacidades -aquellos que tienen la mayor necesidad de educación- son, irónicamente, quienes menos posibilidad de recibirla tienen. Esto es válido tanto para los países desarrollados como para los en desarrollo. En los países desarrollados muchos niños con discapacidades son excluidos formalmente del sistema educativo o bien reciben dentro de éste un tratamiento menos favorable que los otros alumnos, en tanto que en muchos países en desarrollo la lucha por impulsar la educación obligatoria para la mayoría de los niños precede a la de satisfacer las necesidades educativas especiales de quienes enfrentan discapacidades. Las cifras exactas, particularmente en el caso de los países en desarrollo, son difíciles de establecer; sin embargo, existen algunos estudios disponibles que ilustran la aflictiva magnitud del problema. Ross (1988) resumió los datos obtenidos en trece países de Africa oriental y del sur. E1 cuadro 1 muestra que l. Una definición precisa de discapacidad no se ofrece en este trabajo. La terminología y categorización varía ampliamente de país a país. E1 grupo objetivo incluye a quienes tienen impedimentos físicos o sensoriales, a aquellos que comparados con los pares de su edad tienen dificultades en su aprendizaje o al comunicarse, como también a aquellos cuya conducta no puede ser aceptada sin problemas en las aulas o escuelas regulares. Lo que estos niños tienen en común es una mayor o menor necesidad de que se les brinde una oferta educacional especial que esté por encima de la que la generalidad de las escuelas ofrecen a la mayoría de los estudiantes. Las estimaciones respecto al tamaño de este grupo de niños varían entre el 10% al 20% de la población en edad escolar. 13 virtualmente todos los países tenían matrículas en educación especial correspondientes, aproximadamente, al 0.1% o menos de la población en edad escolar. Cuadro 1: Matricula en educación especial, como porcentaje de la población en edad escolar, en trece piases africanos Porcentaje N° de países Menos del 0.1 7 Entre 0.1 y 0.2 4 Más del 1% 1 Sin datos 1 13 (Adaptado de Ross,1988) Una encuesta más amplia, realizada por la UNESCO entre 1986-87, encontró que 34 de 51 países que habían suministrado información (de todos los continentes), tenían menos del 1% de alumnos matriculados en programas de educación especial (UNESCO, 1988a). El cuadro 2 señala que 10 de estos 34 países disponían de programas en educación especial para menos del 0.1 % de los estudiantes. Tabla 2: Cantidad de alumnos matriculados en la educación especial, como porcentaje de la población en edad escolar Variación (%) N° de países Menos del 0.1 10 0.1 - 0.4 13 0.5 - 0.9 9 1.0- 1.9 6 2.0 - 2.9 6 3.0 - 3.5 5 Más de 3.5 2 No se proporcionó información 7 58 Para apreciar la real significación de estos cálculos se requiere contrastarlos con las estimaciones de las necesidades por educación especial. Un señero informe del gobierno del Reino Unido (DES, 1978) recomendó -con propósitos de planeamiento- asumir que «alrededor de uno entre seis niños en cualquier momento y hasta uno entre cinco durante su período escolar, requerirá alguna forma de educación especial». Estas estimaciones concuerdan C011 estudios previos (le las Naciones Unidas que estiman que un 15% de los niños requerían educación especial o medidas rehabilitadoras de algún tipo y que esta proporción era mayor en los países en desarrollo (N.U., 1976). 14 Introductión La severa realidad que subyace en estas cifras es que la gran mayoría de niños y de jóvenes con discapacidades no recibe una atención apropiada, si es que en verdad se les ofrece alguna. En muchos países, menos de un niño entre cien recibe la oferta de educación especial que necesita. La UNESCO ha tenido desde comienzos de la década de los años 70 un compromiso serio para mejorar la entrega de educación especial en todo el mundo. En 1971 publicó su primer estudio respecto a la situación de la educación especial, trabajo que fue puesto al día a fines de la década de los ochenta (UNESCO, 1988a). Este compromiso se ha dirigido principalmente a acciones en los países en desarrollo, y los principales proyectos han correspondido a países africanos y asiáticos. El programa para el bienio 1990-91 se propone enfrentar las necesidades educativas de los niños y jóvenes discapacitados mediante el enfoque de la educación integrada y los programas basados en la comunidad. La acción que se ha propuesto cubre tres áreas principales: planificación, organización y administración de la oferta de educación especial; perfeccionamiento de profesores para la educación integrada de niños discapacitados; identificación, evaluación e intervención de las discapacidades en la niñez temprana. El propósito de este trabajo es contribuir al mejoramiento de la oferta de educación especial estableciendo los principios básicos que orienten la educación de los discapacitados y llamando la atención hacia estrategias que los políticos puedan adoptar para garantizar su entrega. PRINCIPIOS BASICOS Los principios básicos que sustentan a la educación especial son muy simples. Llevarlos a la práctica puede estar lejos de ser fácil, pero hay un amplio acuerdo respecto a lo que deberían ser. Estos principios pueden formularse de diversas maneras, pudiendo establecerse en términos de tres derechos: el derecho a la educación; el derecho a la igualdad de oportunidades; el derecho a participar en sociedad. EL DERECHO A LAEDUCACION El derecho de todos los niños a la educación se encuentra consagrado en la Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y reiterado en muchos planteamientos de políticas nacionales. Lamentablemente, millones de niños no tienen acceso a este derecho. Esto no debilita el derecho ni reduce su relevancia: en realidad, contribuye a hacer más urgente toda acción destinada a asegurar la universalidad de su aplicación. Los niños discapacitados constituyen un grupo importante para el cual este derecho aún tiene que ser ganado en términos efectivos. Muchos países -y conductores de políticas educacionales aceptan simultáneamente la Declaración que garantiza la educación para todos y excluyen a los niños con discapacidades del servicio educacional. Lo que es, por decir lo menos, ilógico. O bien se acepta la Declaración con su absoluta simplicidad y se incorporan a la educación a todos los niños con cualquier tipo de discapacidad o se modifica la Declaración remendándola para que satisfaga las exigencias de las prácticas vigentes. Es importante tener presente que el derecho a la educación constituye un derecho humano fundamental, algo que cada persona posee en virtud del hecho de ser un ser humano. En otras palabras, no es depen 15 Principios basicos diente de consideraciones laborales o económicas. Desde luego, la educación otorga en general, a las personas una mayor competencia para el empleo y puede mejorar su capacidad para contribuir al bienestar económico de la comunidad, pero ninguna de estas es la razón por la cual tiene derecho a la educación. En una época en la cual el gasto público se observa incesantemente dirigido por las fuerzas del mercado y prevalecen las visiones instrumentales de la educación, resulta fácil perder de vista la naturaleza inherente del derecho a la educación, lo que es particularmente significativo en lo que se refiere a personas discapacitadas. La educación puede no tener éxito en proporcionar capacidad de empleo a las personas o en hacerlas autosuficientes, pero ello, en manera ninguna, reduce los derechos de éstas a los recursos que requiere su educación. CONTINUARÁ...

CAPÍTULO DOS - EDUCACIÓN Y DISCAPACIDAD


Las estimaciones obtenidas de una serie de informes internacionales indican que al menos un niño de cada diez nace con una disminución grave, o la adquiere posteriormente, de tal modo que, en ausencia de los cuidados apropiados, el desarrollo del niño puede verse obstaculizado. Aproximadamente el 80% de los 200 millones de niños del mundo que, según las estimaciones, sufren discapacidades viven en países en desarrollo; muy pocos de entre ellos reciben una atención sanitaria y una educación adecuadas, y menos de un 2% reciben algún tipo de servicios especiales. Esta sombría evaluación internacional está basada en una serie de informes que abarcan los cinco continentes. Para comprender estas realidades , basta con visitar un pueblo cualquiera de Asia , Africa, América Latina o el Medio Oriente, o cualquiera de los barrios míseros que circundan las ciudades en esas partes del mundo. En ellos puede uno comprobar que por todas las carreteras y caminos, en cada aglomeración de viviendas, hay niños cuyos impedimentos, y la falta de acceso a los conocimientos y técnicas existentes, constituyen un veto a sus posibilidades de desarrollo personal. Los valores exactos de estas estimaciones pueden ser más o menos controvertidos, pero la necesidad está ahí, y es real. Es una necesidad agravada por la pobreza y el subdesarrollo, pero también por guerras que son causa de devastación y que entrañan un considerable coste social, económico y emocional para las personas discapacitadas, para sus familias y para la comunidad que las rodea. La mejora de esta situación requerirá tiempo, pero también, ante todo, un compromiso y una voluntad política de introducir cambios, transformando las actitudes y el comportamiento de los seres humanos, integrando conceptos nuevos en los programas de servicios destinados a las personas, y modificando las estrategias de desarrollo. Desde una perspectiva más optimista, es demostrable la posibilidad de dispensar muchos de los tipos de asistencia necesaria si se sal)e utilizar adecuadamente recursos al alcance de muchas de las familias y comunidades de los países en desarrollo. Una modesta mejora de los programas de formación y de los servicios sanitarios, de asistencia social y de educación básicos que ya existen permitirá beneficiarse de ellos a los niños con discapacidades. Esa 7 mejor utilización de los recursos humanos existentes es, de hecho, la única esperanza de ayuda para los millones de niños que sufren ya o están en peligro de verse afectados por discapacidades. Consciente de la magnitud de esas necesidades y de la limitación de recursos, teniendo presentes los principios de normalización, integración y participación preconizados por el Programa Mundial de Acción sobre los Discapacitados , los participantes en la Consulta sobre Educación Especial de la UNESCO (1988) reconocieron en la educación integrada y en la rehabilitación de base comunitaria dos puntos de vista complementarios para conseguir una educación y formación reales y económicamente eficaces de las personas discapacitadas. Ambos enfoques tienen por objeto beneficiar al mayor número posible de personas discapacitadas y a sus familias, y constituyen dos componentes esenciales de una estrategia mundial en todos los órdenes. La discrepancia entre necesidades y prestaciones a nivel mundial ha suscitado un reexamen de las estrategias en materia educativa. Gran número de países han respaldado el marco de actuación de la Conferencia Mundial sobre Educación para Todos, y están ya adoptando medidas para aplicar sus recomendaciones y para, en la medida de lo posible, mejorar los servicios destinados a los niños con necesidades de educación especiales (niños discapacitados) en el contexto de la educación ordinaria. En el presente documento se plantean cuestiones importantes sobre este particular, y se examinan diferentes posibilidades de solución. Este proceso de transformación conseguirá sus mejores logros si puede contar con la iniciativa de los gobiernos, y con la participación de organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales de ámbito internacional, programas bilaterales de ayuda, organismos voluntarios y grupos comunitarios de los países concernientes. UNESCO Las opiniones reflejadas en este documento son las del autor y no necesariamente las de la UNESCO 8 Prefacio Introducción La educación de los ciudadanos jóvenes con discapacidades plantea en cada país un esfuerzo de considerable dificultad. La estructura escolar de los países desarrollados experimenta una presión cada vez mayor tendiente a elevar los niveles de enseñanza, ampliar los programas de estudios, incorporar tecnologías, desarrollar aptitudes sociales y personales, tener más en cuenta la igualdad de oportunidades y, en conjunto, preparar a los jóvenes para un mundo en rápida evolución. No es, pues, de extrañar que la educación de los alumnos con discapacidades no sea una de las principales prioridades de los educadores. Todas estas presiones existen también en los países pobres, muchas veces con el desesperante apremio de una situación en que el tiempo se escapa, pero con dos agravantes. En primer lugar, la exigüidad de recursos en esos países alcanza unos niveles que los educadores de los países desarrollados difícilmente pueden concebir. En segundo lugar, la meta de una educación para todos dista de haber sido lograda en muchos países, y ha de recibir máxima prioridad. Tanto menos será, pues, de extrañar que la educación de los discapacitados se vea postergada hasta no haber alcanzado antes otros objetivos de mayor urgencia. Sean cuales sean las demás presiones que pesen sobre el sector educativo o sobre los gastos estatales, es esencial que cada país pueda hacerse cargo de sus jóvenes discapacitados. Una amplia experiencia ha demostrado que incluso los más discapacitados pueden beneficiarse de una educación; ningún niño puede ser ya considerado ineducable. Desde una perspectiva económica, además, la educación de un discapacitado hace de él una persona productiva que no tiene, por consiguiente, que depender de su familia o del Estado durante toda su vida. Al igual que para las demás personas, la educación del discapacitado lleva aparejada una mejora de la calidad de vida; en todo caso, su dependencia de la educación es aún más acentuada, ya que la necesita para sobreponerse a las limitaciones del presente. Pero la razón fundamental para educar a los jóvenes con discapacidades es de orden moral: como ciudadanos, tienen derecho a ser educados. La educación no es privilegio de unos pocos, sea en términos de riqueza, de clase social o de aptitud. No es, tampoco, justificable vincularla a la prosperidad económica, por mucho que ésta contribuya a hacerla realidad. Es un derecho inalienable de todo ciudadano que a ningún joven puede serle negado por razones de discapacidad, del mismo modo que no puede serle negado por razones de sexo o de raza. El presente documento responde a una doble finalidad: enunciar los principios esenciales en que se basa 9 la educación de los niños y jóvenes discapacitados; y definir una estructura que permita revisar las disposiciones que se adopten. La Parte A comienza con una estimación de las carencias existentes en todo el mundo en cuanto a prestaciones destinadas a las personas discapacitadas. Se exponen después los principios básicos en que deberían inspirarse dichas prestaciones, y se describen estrategias clave que permitirían a los responsables de políticas desarrollar y potenciar las prestaciones destinadas a la educación de niños y jóvenes discapacitados. La Parte B constituye un repaso general de esas prestaciones, y en ella se explican los elementos principales de las mismas (legislación, administración, educación en la primera infancia, escuelas, transición de la escuela a la vida adulta, desarrollo profesional, servicios auxiliares) y se comentan las preguntas más importantes a plantearse en ese respecto. Estas preguntas están formuladas forzosamente en términos generales, ya que las estructuras de los distintos países varían considerablemente. No obstante, cada pregunta va acompañada de un comentario que centra el tema y suscita posibles respuestas. Es de esperar que esas preguntas ayuden a los más altos responsables de políticas y administradores a asumir su responsabilidad con respecto a unas prestaciones educativas especiales que a ellos competen. Seamus Hegarty-CONTINUARÁ...

CAPÍTULO UNO - EDUCACIÓN Y DISCAPACIDAD


Desde una perspectiva pedagógica, organizativa o de derechos morales y civiles, el principio de integración ha sido ampliamente aceptado, y pocos son los que disienten con respecto a una mayor inclusión de los alumnos discapacitados en las escuelas ordinarias. Llevar este principio a la práctica es ya algo muy diferente. La realidad varía considerablemente de un país a otro y, mientras unos países imparten educación a casi todos los alumnos discapacitados en escuelas ordinarias, otros segregan a hasta un cinco por ciento de ellos en escuelas e instituciones diferentes. Una condición esencial de la integración estriba en que los alumnos con discapacidades reciban una educación adecuada en el contexto de la escuela ordinaria. Ello exige muchas veces introducir modificaciones considerables en la escuela ordinaria. E1 que gran número de alumnos discapacitados no asistan a las escuelas ordinarias se debe a que éstas no pueden ofrecerles atenciones, y hasta que esas escuelas no estén en condiciones de educar a los alumnos con discapacidades será difícil preconizar la asistencia de éstos a la enseñanza ordinaria. ¿En qué manera deberán cambiar las escuelas ordinarias para poder disponer de los medios requeridos por los alumnos discapacitados? Para averiguarlo, será útil analizar qué condiciones reúnen las escuelas adecuadamente dotadas para esas prestaciones. A nivel general, cabe diferenciar cuatro características comunes a este tipo de escuelas. i) Una política clara. Las escuelas necesitan una política clara que afirme la importancia de todos sus alumnos y que no infravalore a aquellos que, por una u otra razón, requieran recursos adicionales. Idealmente, una política así debería estar articulada en un texto escrito y ser asumida conscientemente por el personal encargado de su cumplimiento. Si ello no fuera posible, lo que sí es imprescindible es que sea comprendida y aceptada por todos los miembros de la escuela, y que rija tanto su labor como las relaciones entre ellos. ii) Un programa de estudios y una organización académica adecuados. El programa de estudios es la clave de este proceso, ya que su concepción y aplicación son los elementos que definen básicamente una escuela. Lo que se necesita aquí es dar una respuesta a las necesidades de los alumnos discapacitados en el marco de un programa de estudios común. Los alumnos con discapacidades no necesitan un programa de estudios enteramente diferente, que ciertamente no les beneficia. Lo que necesitan son programas de trabajo individuales y métodos de enseñanza modificados, y corresponde a la escuela determinar el programa de estudios y la actividad pedagógica apropiados. Todo ello, basado en los correspondientes cambios de la organización docente (calendario de actividades, agrupamiento de alumnos, previsión de enseñanzas a cargo de especialistas), que definen el marco en el que los enseñantes desarrollan el programa de estudios. 50 Prestaciones especiales en materia de educación iii) Personal suficientemente preparado. La calidad del personal y las competencias asignadas a cada uno de ellos determinan también el éxito de una escuela en la educación de alumnos con discapacidades. En general, el nivel del profesorado tendrá que ser mayor, en razón del esfuerzo adicional exigido por estos alumnos. Los profesores necesitan conocimientos adicionales en materia de evaluación, desarrollo de programas de estudios y pedagogía. Es importante que los profesores con conocimientos especiales compartan éstos con sus colegas, de modo que los alumnos con discapacidades puedan recibir instrucción del mayor número posible de enseñantes. Probablemente, algunas de las técnicas prácticas requeridas (por ejemplo, fisioterapia) no existirán en la escuela, por lo que sería necesario obtenerlas del exterior. iv) Vínculos con el hogar y la comunidad. Para lograr sus objetivos, la educación de alumnos con discapacidades conlleva una colaboración entre el hogar y la escuela. Las dimensiones de esta colaboración han sido ya descritas en relación con la educación durante la primera infancia. Para que las escuelas ordinarias puedan asumir la educación de estos alumnos, tendrán que sentar las bases de esta colaboración y contar con los padres en la educación del niño. En muchas sociedades, la participación de la comunidad es también importante, en parte como recurso adicional para la escuela y, en parte, como medio para garantizar la continuidad de la experiencia de compatibilizar la integración escolar con la normalización dentro de la comunidad. 26. ¿Están desarrollando nuevas funciones las escuelas especiales? ¿Están adoptando medidas para integrarse en el marco de la educación general? Las escuelas especiales son un recurso importante por lo que se refiere a la educación de alumnos con discapacidades. Han sido pioneras en gran número de prestaciones, y han sido también la única fuente de educación para muchos alumnos. Pero tienen que cambiar si desean seguir desempeñando un papel primordial. Aunque algunas de ellas podrían no ser ya necesarias, la mayoría necesitarán evolucionar y asumir nuevas funciones a medio plazo. Lo verdaderamente difícil para las escuelas especiales será encontrar la forma de prestar apoyo a las escuelas ordinarias en la educación de niños con discapacidades y, en unos tiempos en que el principio de integración gana cada vez más adeptos, impartir una educación de alta calidad a los alumnos que todavía asisten a ellas. Para ello, una posibilidad consistirá en establecer vínculos de trabajo con las escuelas ordinarias. Estos vínculos están aún en estado embrionario en muchos países, pero se tiene suficiente experiencia al respecto como para ver claramente sus posibilidades.CONTINUARÁ...