miércoles, 29 de abril de 2015

LA TRANSFORMACIÓN EDUCATIVA EN ARGENTINA Y LA LEY FEDERAL DE EDUCACION.


LA TRANSFORMACIÓN EDUCATIVA EN ARGENTINA Y LA LEY FEDERAL DE EDUCACION. UN poco de historia En 1884, se aprobó la Ley 1420 que regía la enseñanza primaria. Tenía como misión fundamental formar a los ciudadanos para lograr una integración de la heterogénea población del territorio nacional, formando un estado moderno; ciudadanos orgullosos de la Gran Nación Argentina. Y en buena medida se cumplió. En nuestra escuela de ayer parece que sus actores representaban sus papeles con convicción. Sus aspectos negativos, como el "certificado de pobre"o el uso del puntero, parecen entrar en un sistema que se autorregula y encuentra sus propias explicaciones y correcciones. La pobreza era vivida como natural por una parte y como superable por otra; superable, en buena medida, a partir de las expectativas verosímiles de futuro que ofrecía la propia escuela. Sin embargo, los argentinos no teníamos ninguna posibilidad de garantizar una elevada e igualitaria calidad en la educacióm. Cada Provincia tenía su propia oferta educativa de diferente calidad entre las mismas y aún de diferente calidad dentro de las mismas, según las poblaciones que las recibían, existiendo, por lo tanto, manifiesta inequidad en el servicio. Hacia una transformación necesaria. Como estamos ante un orden mundial competitivo basado en el conocimiento, la mayoría de los sistemas educativos en América Latina han iniciado procesos de reformas y transformaciones con el fin de mejorar la competitividad y asegurar una ventaja nacional. En nuestro país, puede afirmarse que la educación no responde a los tiempos actuales. Las realidades nacional, regional y mundial han cambiado y, con ellas, también las necesidades de la educación. Hablar de la Transformación Educativa se refiere a cambios profundos en los modelos pedagógicos, organizacionales y administrativos en el sistema educativo; se trata de no repetir estrategias políticas que han producido innumerables "reformas", pero no transformaciones superadoras. Entre 1985 y 1988, la realización del Congreso Pedagógico Argentino, sentó las bases para transformar la educación argentina. Las conclusiones del Congreso Pedagógico se sumaron a otros hechos como la constitución del Consejo Federal de Cultura y Educación, la redifinición de las funciones de Ministerio de Cultura y Educación de la Nación y el proceso de desentralización y transferencia de los servicios educativos a las distintas jurisdicciones provinciales y a la M.C.B.A.. Todo esto abrió el camino para la sanción de la Ley Federal de Educación en 1993, que lleva el número 24.195. Es la primera vez que en el país se cuenta con un instrumento normativo que abarca todos los niveles y modalidades del sistema educativo, con aplicación en todo el territorio y que introduce profundas modificaciones. Transformación educativa. El cambio en acción. Los aspectos centrales de la transformación del sistema educativo son los siguientes: a) Gobierno del sistema educativo. b) Estructura y niveles de la enseñanza. c) Transformación curricular. d) Transformación institucional. Gobierno del sistema educativo. El papel tradicional del Estado era el sostenimiento de la educación. Su tarea consistía en la administración y el gobierno de los establecimientos, el cambio de los contenidos, las normas y las prácticas. A partir de la Transformación Educativa, el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación se ha convertido en un Ministerio "sin escuelas" . En este nuevo orden de cosas, le compete "… asegurar el cumplimiento de los principios y objetivos establecidos en esta ley, teniendo en cuenta los criterios de: Unidad Nacional. Democratización. Descentralización y Federalización. Participación. Equidad. Intersectorialidad. Articulación. Transformación e Innovación " ( L. F. E., Título X, Art. 51). Los deberes que corresponden al Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, se podrían agrupar de la siguiente forma: Acciones coordinadas que favorezcan la circulación de alumnos por las diferentes jurisdicciones con la correspondiente acreditación y equivalencia de estudios cursados. Contribución a la calidad con equidad que el sistema debe mantener a pesar de la heterogeneidad que caracteriza al país. Diferentes aspectos técnicos como planeamiento, asistencia y cooperación técnica, como así también acciones de apoyo para la capacitación, actualización y perfeccionamiento docente. ( L. F. E., Título X, Cap.I, Art. 53). El nuevo rol del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación es promover la generación de acuerdos de largo plazo entre el Estado Nacional, los Estados Provinciales y la Sociedad, en torno a los aspectos prioritarios del quehacer educativo. A las Jurisdicciones y a la M. C. B. A. les corresponde la elaboración de sus propios Diseños Curriculares, la planificación, organización y administración del sistema educativo en su territorio. El conjunto de atribuciones de las Jurisdicciones se puede leer en el Título X, Cap.III, Art. 59 de la L. f. E.. El Consejo Federal de Cultura y Educación ( CFCyE) fue creado en 1972 y constituye el ámbito de coordinación y concertación del Sistema Educativo Nacional. Está presidido por el responsible de la cartera educativa nacional, los responsables de la conducción educativa de todas las provincias y un representante del Consejo Interuniversitarrio de Rectores. Su misión es la de: unificar criterios entre todas las Jurisdicciones y cooperar en la consolidación de la unidad nacional; garantizar el derecho constitucional de enseñar y aprender en forma igualitaria y equitativa; concertar los lineamientos de la política educativa nacional, los CBC, los Diseños curriculares, las modalidades y formas de evaluación; acordar los contenidos básicos de la formación docente y las acreditaciones necesarias para su desempeño, organizar el intercambio de funcionarios, especialistas y docentes, y promover y difundir las experiencias renovadoras, etc..( LFE, Título X, Cap. II, Art. 54 al 58 ). Al Ministerio Nacional le compete organizar en el ámbito del Consejo Federal una red de formación, perfeccionamiento y actualización del personal del sistema educativo: la Red Federal se define como un sistema articulado de instituciones que asegura la circulación de la información, para concretar las políticas nacionales de formación docente contínua acordadas en el ámbito del CFCyE; la finalidad de la Red será ofrecer un marco organizativo para el desarrollo de un plan federal de formación docente contínua. Su función será asegurar la articulación e integración de las acciones de formación de grado, perfeccionamiento y actualización del personal docente y no docente del SEN y la circulación de información científica, tecnológica y cultural. Dicha Red, está integrada por los organismos designados por las Jurisdicciones, Institutos de Formación Docente, Universidades, Centros especializados y los gremios. Las nuevas funciones de la Nación, de las Provincias y del CFCyE, modifican sustancialmente el escenario en materia de competencias y atribuciones en educación y plantean un doble, simultáneo y muy importante desafío: el de la construcción del Federalismo Educativo y el de la consolidación de la unidad de integración del SEN.. Estructura y Niveles de enseñanza. La Ley 1420 establecía una escolaridad obligatoria de siete años, que ya hace mucho que ha dejado de ser suficiente. La ampliación del período de obligatoriedad que establece la Ley 24.195 puede juzgarse desde un punto de vista cuantitativo, pues es el resultado de que hoy en día se necesita que el conjunto de la población reciba más educación que lo que era requerido a fines del siglo pasado. La LFE, fija una nueva estructura académica de la educación argentina: "La estructura del Sistema Educativo, que será implementada en forma gradual y progresiva, estará integrada por: Educación inicial, constituída por el Jardín de Infantes para niños/as de 3 a 5 años de edad, siendo obligatorio el último año. Las Provincias y la MCBA establecerán, cuando sea necesario, servicios de Jardín Maternal para niños/as de 3 años y prestarán apoyo a las Instituciones de la Comunidad para que estas les brinden ayuda a las familias que lo requieran. Educación General Básica, obligatoria, de 9 años de duración a partir de los 6 años de edad, entendida como unidad pedagógica integral y organizada en ciclos, según lo establecido en el art. 15. Educación Polimodal, después del cumplimiento de la Educación General Básica, impartida por instituciones específicas de 3 años de duración como mínimo. Educación Superior, Profesional y Académica de Grado, luego de cumplida la Educación Polimodal, su duración será determinada por las Instituciones Universitarias y no Universitarias, según corresponda. ( Título III, Cap. I, Art. 10). La XIV Asamblea Extraordinaria del CFCyE en la Resolución 26/93 aprobó la caracterización de los Niveles del SEN. Los fundamentos para cada uno de los 4 niveles son los siguientes: las necesidades educativas se diferencian en cuatro grandes campos: la prevención y educación temprana y la asistencia adecuada, que garanticen la calidad de los resultados en todas las etapas de aprendizaje. La adquisición de competencias básicas, la apropiación de conocimientos elementales y comunes, imprescindibles para toda la población. El dominio de conocimientos y capacidades intermedias, deseables para toda la población, según las diversas realidades y según cada opción. El logro de alta capacitación y competencias diferenciales y opcionales, para distintos grupos de población. Desde un punto de vista cualitativo, se destaca la concepción educativa que sustenta cada uno de los niveles de enseñanza, con respecto a su antecesor y al que lo continúa. Nivel Inicial La principal finalidad de este nivel es garantizar el desarrollo integral de los alumnos, asegurar la cobertura universal a partir de los 5 años, impulsar la expansión de la matrícula especialmente en las zonas rurales y suburbanas, y abrir vías efectivas para ampliar la prestación de servicios nutricionales y de salud. La educación inicial constituye una clara apuesta a la mejora de la calidad del sistema educativo y a una auténtica igualdad de posibilidades. Es un medio efectivo para favorecer el éxito escolar en la EGB, refuerza valores y actitudes que facilitan la integración social, y mejora la educabilidad de los futuros estudiantes. La obligatoriedad del último año tiene por objeto brindar igualdad de oportunidades y posibilidades de ingreso a la EGB a todos los niños. El último año del nivel se caracteriza por la preparación para el proceso alfabetizador en un marco de socialización institucional que apoye y complemente la experiencia vivida por el niño en la familia; que amplíe y desarrolle las competencias que trae al incorporarse a la escuela; y que ofrezca una iniciación sistemática en los aprendizajes instrumentales para el abordaje de los procesos curriculares de la EGB. Tanto el Jardín Maternal como el Jardín de Infantes estarán a cargo de personal docente especializado. Educación General Básica. Las principales finalidades de este nivel obligatorio son: Universalizar la cobertura de la educación general básica atendiendo distintas demandas de la sociedad: políticas, científico-tecnológicas, económicas y sociales. Producir la homogeinización de los objetivos y de los resultados a partir de la heterogeneidad de los puntos de partida. Toda la población debe estar capacitada para manejar las competencias básicas, conocimientos, destrezas, actitudes, necesarios para un buen desempeño en la sociedad. Los alumnos de los sectores más carenciados deben tener acceso a resultados similares al resto de la población. Por ello, este nivel actúa como mecanismo compensador de las desigualdades de origen económico-social. Constituir un modelo global que permita retener a los alumnos la mayor cantidad de tiempo posible, ofreciendo una formación básica y común en un tramo de extensión de la obligatoriedad hasta los 14 años de edad como mínimo. Los ciclos de la EGB. Argumentaciones de carácter político, organizativo y administrativo, y consideraciones socio-educativas, psicoevolutivas y pedagógicas, señalan la conveniencia de adoptar una organización de nivel en tres ciclos, cada uno de tres años de duración: Primer ciclo ( 6/8 años) . Segundo ciclo ( 9/11 años). Tercer ciclo ( 12/14 años). Los docentes de la EGB tendrán una formación básica que los acredite para este nivel de enseñanza, y podrán optar, en la formación de grado, por una especialización que lo habilite para cada ciclo o bien para determinadas áreas del currículo. Educación Polimodal. La educación polimodal da respuesta a múltiples demandas sociales: La presión social y académica por el acceso a los estudios superiores. Las demandas de preparación para la vida laboral. La incorporación de los avances científicos y tecnológicos. La necesidad de desarrollar competencias y capacidades que preparen para la transición a la vida adulta, para la participación cívica responsable y autónoma, dentro de un marco explícito de valores morales y sociales. La articulación con el mundo del trabajo no implica necesariamente un adiestramiento altamente específico para un determinado empleo. Esto es apropiado para no impulsar al estudiante a una definición vocacional temprana, y para prepararlo para un mercado de trabajo cambiante que requiere polivalencia en los trabajadores y versatilidad para múltiples empleos. La educación polimodal estará compuesta por: - Formación general de fundamento: es un "tronco común"articulador que sirve de fundamento a los estudios superiores o el trabajo. - Formación orientada: Dirigida al estudio de determinadas áreas de conocimiento y del que hacer. Existirán cuatro orientaciones, subdivididas en distintas ramas, con especializaciones y sus correspondientes salidas laborales. Las orientaciones serán: Ciencias Naturales, Salud y Ambiente, Humanidades y Ciencias Sociales. Economía y Gestión de organizaciones. Artes, Diseño y Comunicación. Producción de Bienes y Servicios. Estas orientaciones no operan como especializaciones para puestos de trabajo, sino como desarrollo de capacidades para actuar en amplios campos de la vida laboral. Se propone una organización curricular a partir de grandes núcleos o campos de orientación más centrados en procesos que en destinos ocupacionales específicos. Los docentes para la educación polimodal podrán optar en su formación académica, por un área del tronco común, o por una disciplina o competencias específicas de una modalidad determinada. Podrá realizarse la capacitación pedagógica de profesionales y técnicos de nivel superior universitario para ejercer la docencia en las distintas modalidades de la educación polimodal. Educaión superior. Profesional y académica de grado, cuya duración será determinada por las instituciones universitarias y no universitarias, según corresponda. Educación cuaternaria. La Ley Federal señala que el Sistema educativo también comprende otros regímenes especiales que tienen por finalidad atender las necesidades que no pudieran ser satisfechas por las estructuras básicas, tales como Educación Especial, Educación de Adultos y Educación Artística.Wikipedia A esta puesta se han sucedido reformas que veremos más adelante...