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viernes, 11 de mayo de 2018
EFEMÉRIDES-Relaciones de Argentina con la Santa Sede
EFEMÉRIDES-11 de mayo de 1859: Se restablecen las relaciones diplomáticas entre la República Argentina y la Santa Sede al asumir su cargo el delegado apostólico de la Santa Sede monseñor Marino Marini. A fines de enero de 1851 la Santa Sede había retirado al delegado apostólico monseñor Luis Conte Becci debido a que éste no había sido recibido por el encargado de Relaciones Exteriores de Juan Manuel de Rosas.
FRONDIZI Y EL EJERCICIO DEL PATRONATO
José A. Giménez Rebora
2008
El 5 de diciembre de 2001 le cursé una carta al recientemente fallecido Doctor
Ángel Centeno, figura clave como Subsecretario de Culto durante los cuatro años de la
presidencia del doctor Frondizi (1958-62) tiempo en el cual se sentaron las bases del futuro
arreglo con la Santa Sede convertido en ley recién en 1966, bastante después del
derrocamiento de éste.
Mi carta sólo se refería a un aspecto de su conferencia de fines del 2001 en la
Biblioteca Nacional donde sugirió que Frondizi consideraba el regalismo constitucional
exclusivamente como un anacronismo que imponía la Constitución, dando a entender que
fue posterior a la presidencia de Frondizi la idea de la constitucionalidad de un acuerdo (no
del acuerdo mismo)1
con la Santa Sede para arreglar el ejercicio del patronato, mientras yo
creía que, al contrario, Frondizi entendía:
1. en absoluta coincidencia con los doctores Centeno (su brillante
Subsecretario de Culto), de Estrada (su eminente embajador en el Vaticano)
y otros más, que el patronato era un anacronismo; pero también
2. que la Constitución, de ninguna manera, impedía un arreglo de su ejercicio,
es decir, un acuerdo sobre el particular con la Santa Sede (como el que
finalmente se terminó firmando en 1966 bajo el imperio de las mismas
normas constitucionales vigentes durante aquella presidencia); y, finalmente,
3. que el propio Estado argentino podía crear condiciones favorables a ese
arreglo ejerciendo no irritativamente el patronato, mientras no mediare un
arreglo expreso con la Santa Sede.
Consecuentemente, para Frondizi, aunque faltara el «concordato» (antes del
Concilio Vaticano II y en la Constitución de 1853 se hablaba de «concordato») creía que
eran posibles acuerdos parciales y provisorios con la Santa Sede, especialmente en este
tema.
Esto mismo ya había dicho, por ejemplo, hacia 1942 por el doctor Juan Casiello2
en un curso organizado por el Colegio de Abogados de Rosario, entonces presidido por el
Dr. Horacio Thedy, importante dirigente demócrata progresista que integró la Junta
1
Consultiva nacional, fue diputado nacional y candidato a Vicepresidente de la Nación en
1963.
Para mí está claro que Frondizi aspiraba a que la Argentina arreglara no solo el
ejercicio del patronato3
sino la totalidad de sus relaciones con la Santa Sede, como lo
mandaban la Constitución y los tiempos.
Por eso, en 1958 a sus instancias se iniciaron cruciales gestiones, con el
protagonismo precisamente de los doctores Centeno y de Estrada, que culminaron con la
firma del acuerdo con la Santa Sede en 1966, cuando Frondizi ya no era presidente.
El doctor Ángel Centeno ha historiado aquellas primeras gestiones (1958-1962) en
el libro “Cuatro años de política religiosa” y más recientemente, además de sus
conferencias, en su texto “Cuatro años de una política religiosa” 4
Pero, además, en 1958 también existían otros temas que preocupaban a la Iglesia y
cuya solución dependía de decisiones estatales, entre ellos, los de la libertad de enseñanza y
los de las consecuencias de la incautación de cuantiosos bienes como consecuencia de la
llamada reforma eclesiástica dispuesta gubernamentalmente en 1822.
Respecto de la libertad de enseñanza universitaria la cosa aparecía complicada en
esos años (1957 y 1958)
Frondizi ya había afirmado públicamente que era partidario de la libertad de
enseñanza en su respuesta al Episcopado (junio de 1957) y lo había reiterado varias veces,
en particular en su discurso radial (14 de enero de 1958) conocido entonces como
“Programa para 20 millones de argentinos”5
.
La complicación política derivaba de otros hechos más asociados con circunstancias
de la época, que denotaban:
• o bien que no todos los sectores católicos pensaban lo mismo respecto de la
autorización de universidades católicas con facultades para otorgar títulos
habilitantes (abonaría en algo este punto la reiteración de las cláusulas regalistas
en la Constitución del 11.3.1949, la presidencia de la Corte Suprema de Justicia
ese año titularizada por un juez y católico eminente como era el doctor Tomás
Casares y la falta de una norma expresa a favor de la libertad de enseñanza
universitaria en el art. 37 de la nueva Constitución);
2
• las posteriores explicaciones que brindó el ministro Dell´Oro Maini6
también
católico eminente7
y miembro del gabinete del gobierno revolucionario de 1955
que lo había derribado a Perón, ante la Junta Consultiva a principios de 1956
que contaron, entre otros, con el apoyo de las diversas representaciones
socialistas y de los demócratas progresistas, anticlericales sistemáticos;
• o bien que esos sectores católicos veían inconveniente aparecer apoyándolo a
Frondizi, duramente enfrentado por el antiperonismo de entonces y fuertemente
sospechado por importantes sectores, alguno de ellos específicamente católicos.
El art. 28 del decreto ley 6403/55 autorizaba la creación de universidades privadas
pero sólo a partir de un decreto reglamentario que debería dictarse y que nunca dictó el
gobierno revolucionario.
Consecuentemente, las declaraciones de Frondizi anteriores a su presidencia,
iniciada el 1º de mayo de 1958, la clara determinación de la Santa Sede y la decisión
episcopal disponiendo la creación de una universidad católica en 1956, era lo único que
adquiría importancia en esas circunstancias en que, técnicamente, el Presidente debía
reglamentar ese art. 28, por ende latente pero irrealizado precisamente por la ya
mencionada falta de reglamentación.
Sin embargo, la representación parlamentaria del radicalismo del pueblo opositora a
Frondizi y al art. 28 del decreto 6403/55, en junio mismo de 1958, presentó un proyecto de
ley derogatorio del mismo de donde el tema pasó al parlamento8
dado que un número
importante de legisladores de la UCRI, en este punto, no acompañaban a Frondizi.
Independientemente de la mencionada actitud presidencial favorable a la libertad de
enseñanza, acompañada por algunos diputados y senadores nacionales –no todos como dijese
necesitaba algo más para resolver las demás cuestiones que preocupaban a la Iglesia.
La de los bienes incautados, en definitiva, tenía aspectos políticos difíciles, aunque
solubles; sin embargo, la del Patronato, parecía no tenerlos como consecuencia de una
lectura aislada que muchos hacían de ciertos artículos de la Constitución más la clara
inclinación regalista y congruente mentalidad, tanto de muchos católicos, como Funes en
el pasado y de algunos de sus sucesores en aquel 1958.
3
Además, influían en la formación de ese clima pro-regalista que reivindicaba que el
patronato era inherente a la soberanía nacional, temas a los cuales eran particularmente
sensibles ciertos sectores, a saber,
a. que en épocas de la revolución de Mayo de 1810 el Nuncio de Su Santidad
residía en Madrid y no en algún poblado de América (la Iglesia en América, en
épocas de las guerras de la independencia, quedó por años incomunicada con la
Santa Sede, aunque no en una actitud cismática);
b. que se dio en aquel entonces un desencuentro entre sacerdotes partidarios de la
independencia y el clero español y realista (aún “el 24 de septiembre de 1824
todavía defendía León XII (aunque sin convicción) los derechos de la corona
española en América”9
(la última batalla de la guerra de la Independencia fue la
de Ayacucho el 9 de diciembre de 1824) sin perjuicio de trascendentales
misiones como la de Monseñor Muzzí en 1822 que se entrevistó dos veces con
San Martín y viajó acompañado por un presbítero, luego Pío IX; y
c. una forma de pensar heredada del pasado hispano, proclive a considerar
legítima y necesaria la intervención estatal en las cuestiones educativas y en las
cuestiones íntimas de la Iglesia (testimonio de lo cual son el concordato de 1753
celebrado por España y la Santa Sede, y los libros primero y segundo de la
Novísima recopilación de las leyes de España, que no eran las Leyes de Indias
dadas entre 1566 y 1580; la Novísima recopilación incorporaba las pragmáticas,
cédulas, decretos, órdenes y resoluciones reales expedidas hasta 1804 –
anteriores y posteriores a 1700-, dispuesta Carlos IV que se referían a “la santa
Iglesia; sus derechos, bienes y rentas; prelados y súbditos; al patronato real
(que incluía lo concerniente a “la Real presentación de Prelacías de las Iglesias
y provisión de piezas eclesiásticas… conforme al Concordato con la Santa Sede
-de 1753-”… (y a) la jurisdicción eclesiástica, ordinaria y mixta y a los
tribunales y juzgados en que se ejerce (que también incluía el Título III. De las
bulas y breves; su presentación y retención en el Consejo; el Título IV Del
Nuncio Apostólico y el Título V. Del Tribunal de la Rota de la Nunciatura de
Madrid) o el reclamo al monarca español para que efectivizara el traspaso de la
Universidad de Córdoba al clero secular local (se trataba de una universidad
4
fundada por los jesuitas y retenida por los franciscanos desde la expulsión
resuelta por Carlos III el 2 de abril de 176710)
Iniciado el proceso independentista a principios del siglo XIX no es difícil entender
el razonamiento de aquellos hombres, incluidos muchos sacerdotes.
De allí que soslayando cualquier interpretación sobre las causas de la revolución de
Mayo, señalemos que el carácter nacional del Patronato no fue doctrina solo de la Primera
Junta11; el régimen patronal llegó a incorporarse bajo forma suspensiva en el artículo 3º del
capítulo II de la sección III (“Del Poder Ejecutivo”) del Estatuto Provisional del 5.5.181512
y bajo forma imperativa en los artículos LXXXVI y LXXXVII13 y 95, 125 y 12614 de las
Constituciones de 1819 y 1826, respectivamente; en 1852, Alberdi, que propuso en su
proyecto constitucional que la Confederación adoptara y sostuviera el culto católico y
garantizara la libertad de los demás15, en la línea “patronalísta” también propuso los
incisos 9, 10 y 11 del art. 8516 que consagraban constitucionalmente el derecho del
patronato nacional aunque sujeto a un arreglo con la Santa Sede, como lo corroboró su
gestión en Roma en 1856.
Los antecedentes citados y las propuestas de Alberdi, sobre quien volveremos, se
tradujeron en las normas de la Constitución de 1853/60 mantenidas íntegramente por la de
194917 de manera que esas cláusulas siempre estuvieron vigentes hasta 1994, es decir,
cuando Frondizi gobernaba, cuando se firmó el acuerdo con la Santa Sede y durante los 28
años subsiguientes.
Por lo tanto eran normas constitucionales y supuestos ideológicos que venían
rigiendo, pues, sin interrupciones (incluyendo el interregno 1949-56) y habían sido
asumidas de un modo extremista por amplios grupos de opinión y movimientos políticos,
partidarios e intelectuales que no participaban del criterio de la “alternatividad” sustentado
por Casiello y luego por Frondizi y nuestros gobernantes posteriores.
En aquellas circunstancias, Frondizi juzgaba inconducente o irritante abrir un debate
jurídico sobre si sería o no constitucional un acuerdo preliminar o definitivo con la Santa
Sede que arreglara el ejercicio del Patronato preceptuado en los incs. 8 y 9 del art. 86 de la
Constitución, aunque su política habla a las claras lo mismo que sus dichos de 1962, que
transcribo más abajo.
5
Alberdi, que no goza de las simpatías de muchos contemporáneos católicos y no
católicos también había expresado que “la política del buen juicio exige formas serias y
simples”18 por lo cual, mutatis mutandis, también valen –y mucho- las palabras de Juan
Pablo II cuando dijo “Nuestra tarea consiste en ganar almas, no en vencer disputas”
(JUAN PABLO II, Discurso a la Conferencia episcopal de las Antillas en su visita “ad
limina” 07.05.02, en L´Osservatore romano, 17.05.02, 5)
Frondizi era igualmente partidario tanto del arreglo, como Alberdi en 1856 quien
no lo veía contradictorio con su proyecto de 1852 ni con la Constitución de 1853, como de
abstenerse de dar una opinión si el fin se conseguía sin darla, porque lo fundamental no era
perturbar sino contribuir a resolver las cuestiones y menos intentar ganar campeonatos de
inteligencia, floreo o erudición.
Después de las gestiones iniciadas por Frondizi en 1958 siguieron otras bajo los dos
gobiernos le sucedieron y fueron rubricadas por un tercero tras haberlas concluido el Dr.
Miguel Ángel Zavala Ortiz, canciller del presidente Illia, firmándose el texto en 1966 y
dictando el Gral. Onganía la ley ratificatoria 15.032.
Para ratificar que Frondizi advertía la conveniencia y constitucionalidad del
Acuerdo, es más que adecuado reproducir lo que expresó en 1962:
“En cuanto a las relaciones entre mi gobierno y el Vaticano, ellas son óptimas
(febrero-marzo de 1962). La designación de Obispos, por ejemplo, es un aspecto
ilustrativo de la cordialidad con que se mantienen estas relaciones. Usted (Félix
Luna) no ignora las largas tramitaciones, incluso los conflictos que se produjeron
en el pasado en torno a la designación de obispos. Yo creo que el derecho de
patronato, por el cual el Estado interviene en la designación de obispos, debe
desaparecer de nuestro derecho positivo. Para que esto ocurra, hace falta una
reforma constitucional. Pero mientras esto no se produzca, estimo que podría
llegarse a algunos acuerdos provisorios con el Vaticano hasta que se logre un
Concordato definitivo.” (LUNA, Félix, Diálogos con Frondizi, ed. Desarrollo, Bs.
As. 1963,135-6; hay otras ediciones, por ejemplo, de Planeta de 1988 y la
numeración de las páginas difiere siendo en ella 144-5)
Es obvio que una cosa era quitar del derecho positivo aquellas formulaciones que
daban sustento a sostener que la Constitución reconocía exclusivamente un derecho
6
nacional al patronato y otra distinta era la perfecta constitucionalidad, como lo creía
Frondizi, de “algunos acuerdos provisorios con el Vaticano hasta que se logre un
Concordato definitivo”.
Como Frondizi era conciente del fracaso de algunas gestiones anteriores y del clima
existente, juzgaba que era necesario dar pruebas de que esta vez se negociaba en serio y de
buena fe con la Santa Sede a cuyo efecto convenía que las negociaciones estuvieran a cargo
de católicos eminentes que conocieran a las personalidades eclesiásticas y a esta compleja y
delicada materia que tenía aspectos teológicos, históricos y jurídicos peculiarísimos.
Ellos fueron los doctores Ángel Centeno (Subsecretario de Culto), Ramiro de la
Fuente (segundo de Centeno en la Cancillería), Santiago de Estrada (embajador ante la
Santa Sede) y Mario Amadeo (embajador ante la UN)
En resumen, Frondizi sabía que era imprescindible y que no había alternativa a
negociar un arreglo ya preliminar, ya definitivo, alternativa perfectamente constitucional
entonces porque el ejercicio del Patronato, como lo había dicho Casiello, estaba entre las
materias que el Congreso debía arreglar, es decir, entre aquellas cuestiones que nuestra
Constitución no definía concluyentemente en un determinado sentido; de lo contrario
seguiríamos con este problema irresuelto y perturbador.
Para Frondizi (y para Guido e Illía y su canciller Zavala Ortiz) era la propia
Constitución la que dejaba abierta la puerta para elaborar esos acuerdos con la Santa Sede.
Tan en lo cierto estuvo política y jurídicamente Frondizi, como el injustamente
olvidado en este tema Dr. Juan Casiello, que hasta 1994 cuando el patronato desapareció de
la Constitución argentina, o sea por un lapso de 28 años, nadie tachó de inconstitucional el
Acuerdo de 1966 ni medió contra suyo una sola sentencia en ese sentido.
Consecuentemente, Frondizi no pensaba que el acuerdo era necesario aunque
inconstitucional, sino todo lo contrario: que era necesario y perfectamente constitucional y,
aunque se negociara y aun no hubiere acuerdo, agregaba Frondizi que el patronato debería
ejercerse de modo no irritativo y así lo hizo con la comprensión de la Jerarquía eclesiástica.
Por cierto, tal como él mismo lo había dicho, una vez firmado convenía que se
derogaran todas las normas constitucionales referidas al derecho de patronato ya que era
razonable eliminar un foco potencial de discusiones jurídicas y de tensiones políticas lo
7
cual era una obligación moral –expresión del Dr. Pedro Frías- (es decir, jurídicamente
indemandable) y no una exigencia constitucional.
Como le expresé al doctor Centeno en la carta de 2001 y en un diálogo posterior,
recordaba una conversación mía con el doctor Jorge Vanossi hacia 1986 -quien trabajó en
la Cancillería en la elaboración del borrador del discurso no pronunciado por Zavala Ortiz a
raíz del golpe del 66, mediante el cual iba a anunciar el Acuerdo con el Vaticanocoincidiendo
Vanossi en que tanto Zavala Ortiz como Frondizi consideraban al arreglo
perfectamente constitucional porque, si lo hubieran considerado inconstitucional, ni Zavala
Ortiz ni Frondizi hubiesen estado dispuestos a firmarlo.
En definitiva, todos los inspiradores del arreglo actuaban de acuerdo con la tesis ya
citada del Dr. Juan Casiello en cuanto a que “la misma Constitución reconoce, en efecto,
que el Patronato no es materia concluyentemente definida, sino materia que debe ser
arreglada”.
En 2002 recibí del doctor Jorge Vanossi, a quien le había mandado copia de la parte
pertinente de mi carta al doctor Centeno donde lo mencionaba, una contestación a propósito
de nuestra conversación de 1986, haciendo constar él, de puño y letra, “Tus recuerdos son
válidos. Fue todo exactamente así” (ni Frondizi, ni Illia, ni Zavala Ortiz hubieran
auspiciado un Acuerdo inconstitucional)
1
En un articulo de La Nación del 10.10.86, página 8, consta que el doctor Ángel Centeno le dijo al cronista
“En el Mensaje que Frondizi iba a pronunciar el 1º de mayo de ese año (1962) ante el Congreso
estaba previsto un párrafo en el que se anunciaba el acuerdo con la Iglesia” (sigue el articulista
diciendo “La caída de Frondizi impidió que el mensaje fuera pronunciado”)
En la línea de que el acuerdo era un instrumento necesario, pero no necesariamente constitucional, el cronista
transcribe lo siguiente del doctor Centeno:
“Es interesante hacer notar –expresa el doctor Centeno- que en los veinte años que lleva de vigencia
el acuerdo no se planteó ninguna dificultad de aplicación. El convenio no fue objetado por el Poder
Legislativo en ninguno de los períodos de normalidad constitucional que el país vivió co
posterioridad a 1966…”
2
Casiello había dicho:
“La misma Constitución reconoce, en efecto, que el Patronato no es materia concluyentemente
definida, sino materia que debe ser «arreglada». El inciso 19 de artículo 67, ya citado, al tratar de
las atribuciones del Congreso, con respecto al Patronato, no habla de «reglamentar», como lo hace
el art.14 al referirse a los derechos de que gozan los habitantes de la Nación, sino de «arreglar»
diciendo literalmente «Aprobar o desechar los tratados concluidos con las demás naciones, y los
concordatos con la Silla Apostólica; y arreglar el ejercicio del patronato en toda la Nación».” (130)
8
“El ejercicio armónico y la comprensión entre ambas potestades (Iglesia y Estado), especialmente en
aquellas cuestiones mixtas en que las jurisdicciones se entrecruzan,-la trabazón íntima y ordenada
entre ellas que ha sido comparada a la del alma con el cuerpo del hombre-, aseguraría en muchas
oportunidades la paz de las conciencias, igualmente de provecho para la vida religiosa y para la
vida civil.” (131-132)
“Los concordatos constituyen la forma normal y concreta de aquella trabazón y acuerdo. Auspiciar
la celebración del nuestro con la Santa Sede, significaría no sólo cumplir con un propósito
claramente expuesto en nuestra Constitución Nacional, sino también la realización de una obra
eminentemente patriótica, ajustada a la tendencia predominante en los últimos tiempos en que la
política concordataria, inspirada por la Santa Sede y comprendida por numerosos estados, logró,
como es notorio, éxitos extraordinarios en la ponderada solución de antiguos y enojosos conflictos.”
(132) (CASIELLO, Juan, El derecho de patronato. Relaciones entre la Iglesia y el Estado, en
COLEGIO DE ABOGADOS DE ROSARIO, AAVV, Curso de divulgación de la Constitución
nacional, Rosario 1942; los números de página entre paréntesis al final de cada párrafo)
3
La cuestión databa desde el comienzo mismo de la revolución de mayo de 1810. La primera Junta había
requerido los dictámenes del Deán Gregorio Funes y del doctor Juan Luis de Aguirre sobre
“Si el patronato real es una regalía afecta a la soberanía o a la persona de los reyes que la han
ejercido” (a quienes la Junta sucedía en ausencia de Fernando VII)
Funes contestó el 15 de septiembre de 1810 (y Aguirre lo mismo) admitiendo que el “derecho de patronato”
se originó en el deseo de la Iglesia de recompensar la liberalidad de fundadores, benefactores y promotores
de la religión y su culto no pareciendo dudoso que la regalía es otorgada a título personal, tesis de la Santa
Sede, pero, agregó el Deán, los reyes de España no adquirieron esa liberalidad por haber efectuado los actos
objeto del patronato con bienes patrimoniales suyos sino con fondos públicos de manera que:
“Si el Patronato fuera una regalía afecta a la persona de los reyes y no a la soberanía, no otra cosa
habrían hecho entonces que negociar para sí propios con ajeno caudal y hacerse dueños de un
beneficio que teniendo razón de resarcimiento debía ser del que hizo la erogación”. (Cf. texto en de
VEDIA y MITRE, Mariano, El Deán Funes, Editorial Kraft, Bs. As. 1954, 301)
4
CENTENO, Ángel, Cuatro años de una política religiosa, en PISARELLO, Roberto y MENOTTI, Emilia,
Artuto Frondizi. Historia y problemática de un estadista, Depalma, Buenos Aires 1994, 207-290.
5
Frondizi dijo en esa ocasión:
“el derecho constitucional de aprender de aprender y el de la libertad de enseñanza serán
celosamente preservados y todo argentino tendrá asegurado el acceso a la educación y el derecho a
elegir el tipo de enseñanza para si, como padres, para sus hijos. La salvaguardia de estos derechos
es esencial porque la imposición obligatoria de un espíritu determinado en la enseñanza constituye
un avance peligroso en el ámbito sagrado de las conciencias” (FRONDIZI, Arturo, discurso
“Programa para 20 millones de argentinos”.)
6
Dijo el Ministro Del´Oro Maini:
“Para aclarar nuestro pensamiento debo decir de una manera nítida que estas universidades (las
privadas) necesitan someterse, como toda universidad, cualquiera sea su origen y su carácter al
control del Estado en cuanto concierne a de su propia organización y funcionamiento, al respeto de
las normas republicanas y, sobre todo, en cuanto al reconocimiento se los títulos habilitantes. El
reconocimiento de los títulos habilitantes es una función irrenunciable del poder público en garantía
del interés general, de la seguridad, de la salud, etcétera. Desde luego esta función la ejerce el
Estado por diversos medios entre los cuales no es del caso mencionar los criterios imperantes, pero
en lo que siempre hay el ejercicio del poder de policía que compete al Estado. Por otra parte,
entiendo –porque se trata precisamente del reconocimiento de un derecho a la iniciativa privada,-
que es la iniciativa privada la que debe subvenir a la creación y mantenimiento de la Universidad
sin el aporte de ninguna especie de los presupuestos estatales.” (DELL´ORO MAINI, Atilio,
discurso en la Junta Consultiva Nacional, Buenos Aires, enero 1956)
9
7
En los años 30 había sido acompañado el Intendente Mariano de Vedia y Mitre.
8
Además de la abundante bibliografía existe hice un resumen de estas alternativas en La cuestión de la
libertad de enseñanza, en PISARELLO VIRASORO, Roberto, Arturo Frondizi. Su pensamiento, edición del
autor, Buenos Aires 2000, 145-150
9
LOPEZ DORIGA, Enrique L., Jerarquía, infalibilidad y comunión intereclesial, Herder, Barcelona 1973,
290. En nota al pie dice:
“Encíclica Etsi iam diu. Texto latino, traducción castellana y estudio en P. LETURIA, El ocaso del
patronato español en América,; RazFe 72 (1925) 31-47…” 290.
10 La expulsión de los padres jesuitas no es examinada aquí, pero ya se había dispuesto en Portugal (1759), en
Francia (1763) y la cohonestó una bula pontificia de 1773, no obstante que la Compañía de Jesús continuara
actuando en Rusia y obtuviera una nueva autorización papal en 1813. El título de la pragmática de expulsión
de Carlos III ayuda a comprender aquella forma de pensar: «Pragmática sanción de su Magestad en fuerza de
ley para el estrañamiento de estos Reynos a los Regulares de la Compañía, ocupación de sus
Temporalidades, y prohibición de su restablecimiento en tiempo alguno, con las demás prevenciones que
expresa».
Tampoco se puede atribuir el origen del patronalismo español a los Borbones, aunque si su exacerbación,
porque la mayoría de esas leyes reales es anterior a 1700. Las de Indias son anteriores a 1580, el cedulario de
Diego de Encinas es de 1596, los 9 libros de la llamada nueva recopilación de las leyes de los reinos de las
Indias fue dada por Carlos II en 1680; éste fue el último monarca de España perteneciente a la Casa de
Austria (o Habsburgo) que reinó entre 1665 y 1700 y testó en favor de Felipe de Anjou, quien actuó como rey
de España con el título de Felipe V recién a partir de 1700 (era nieto de Luis XIV de Francia y de María
Teresa de Austria, hija de Felipe IV de España e hija de Isabel de Borbón) por lo cual, desde entonces, el
trono español pasó de la Casa de Habsburgo a la de Borbón.
11 Uno de cuyos vocales era un presbítero.
12 El establecía:
“Artículo 3º (Capítulo II de la sección III) No proveerá, o presentará por ahora, ninguna canonjía o
prebenda eclesiástica”
13 Fueron redactados por el Deán Funes y preceptuaban:
“LXXXVI .- Nombra los Obispos y Arzobispos a propuesta en terna del Senado” y
“LXXXVII.- Presenta a todas las dignidades, canonjías, prebendas y beneficios de las Iglesias
catedrales colegiatas y parroquiales conforme a las leyes.”
14 En esos artículos se disponía:
“Artículo 95 (atribuciones del Poder Ejecutivo) Ejerce el Patronato general respecto a las iglesias,
beneficios, y personas eclesiásticas con arreglo a las leyes; nombra a los obispos y arzobispos a
propuesta en terna del Senado.”
“Artículo 125.- (la Corte Suprema de Justicia) Examinará los breves y bulas pontificias y abrirá
dictamen al Poder Ejecutivo sobre su admisión o retención” y
“Artículo 126.- (la Corte Suprema de Justicia) Conocerá de los recursos de fuerza de los tribunales
superiores eclesiásticos de la capital.”
15 Cf. ALBERDI, Juan Bautista, Las bases, art. 3, página 269 en la edición de la Biblioteca Argentina,
dirigida por Ricardo Rojas, Buenos Aires 1915, que reproduce la primera edición de mayo de 1852 de Bases
y puntos de partida para la organización política de la República Argentina.
16 Cf. ALBERDI, J. B., op. cit., 287:
“Art. 85. El Presidente de la Confederación tiene las siguientes atribuciones:…
10
9ª Presenta para los arzobispados, obispados y prebendas de las iglesias catedrales, a propuesta en
terna del Senado.
10ª Ejerce los derechos del patronato nacional respecto de las iglesias, beneficios y personas
eclesiásticas del Estado.”
11ª Concede el pase o retiene los decretos de los concilios, las bulas, breves y rescriptos del Pontífice
de Roma, con acuerdo del Senado, requiriéndose una ley cuando contiene disposiciones generales y
permanentes.
17 En 1949 se reiteró lo de 1853/60:
Artículo 83 - El presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones:…
8. Ejerce los derechos del patronato nacional en la presentación de obispos para las iglesias
catedrales, a propuesta en terna del Senado.
9. Concede el pase o retiene los decretos de los concilios, las bulas, breves y rescriptos del Sumo
Pontífice de Roma con acuerdo de la Suprema Corte, requiriéndose una ley cuando contienen
disposiciones generales y permanentes.
O sea que en 1949 se mantuvo textualmente el regalismo y la falta de libertad de enseñanza universitaria, no
obstante la decisiva influencia que en 1949 ciertos sectores católicos ejercían entonces (el doctor Tomás
Casares, por ejemplo, era presidente de la Suprema Corte de Justicia)
18 ALBERDI, o.p. cit., 257
jueves, 10 de mayo de 2018
ROBERTO FIRPO
Roberto Firpo
Nombre real: Firpo, Roberto
Pianista, compositor y director.
(10 mayo 1884 - 14 junio 1969)
Lugar de nacimiento:
Las Flores (Buenos Aires) Argentina
Por
Roberto Selles
| Néstor Pinsón
anto como director, intérprete o compositor, Roberto Firpo es uno de los primeros evolucionistas con que ha contado el tango.
En aquellos días iniciales de las típicas, él estableció definitivamente el piano en la orquesta de tango.
Como ejecutante, fue dueño de un finísimo estilo -como puede comprobarse en los exquisitos solos que grabó- e inició el uso del pedal, que ofrece una mayor resonancia. Como compositor, introdujo en el tango el aire romántico, que hasta entonces era ajeno a ese género creado para los pies de los bailarines.
«Doscientos pesos me costó el día más feliz de mi vida», aseguraba don Roberto al referirse a la compra de su primer piano. Para ello, debió trabajar duro desde pequeño, desde que abandonó el quinto grado para ayudar a su padre en el almacén de la ciudad bonaerense de Las Flores, donde había nacido el 10 de mayo de 1884. Pocos años más tarde, ya adolescente, con unos escasos mangos en el bolsillo de sus primeros largos, arribó a Buenos Aires en busca de horizontes más promisorios que los que podía ofrecerle el campo, y se desempeñó como dependiente de almacén, albañil, peón de lechero, obrero en una fábrica de calzados y en la fundición Vasena. En fin, una infinidad de empleos que le permitieron reunir con gran esfuerzo la suma para el instrumento tan ansiado.
Andaba entonces por los 19 años, y comenzó a tomar lecciones con uno de los grandes de la época, Alfredo Bevilacqua, autor de "Venus", "Independencia", "Apolo" y otros clásicos. Cuatro años más tarde, en 1907, se develaba un inspirado compositor con "La Chola", "El compinche" y "La gaucha Manuela". Pero, además, debutaba profesionalmente integrando un trío con Francisco Postiglione en violín y Juan Carlos Bazán en clarinete, para tocar nada menos que en lo de Hansen, a razón de tres pesos por noche y el permiso para pasar el platito.
Fue en otro local palermitano, El Velódromo, donde uno de los miembros del trío, Bazán, comenzó a soplar una llamada de clarinete, a fin de atraer a la clientela que pasaba rumbo a lo de Hansen. El resultado fue que este último quedaba casi vacío, mientras que El Velódromo se colmaba de público. Para solucionar el inconveniente, el empresario del primero volvió a contratarlos, esta vez por la suma de ¡dos pesos para cada uno! Finalmente, aquella llamada de Bazán se convirtió en el comienzo de su tango "La chiflada".
En 1913, formó su primera orquesta, y de ese año datan sus éxitos iniciales: "Argañaraz", "Sentimiento criollo", "De pura cepa" y "Marejada".
En el año siguiente, aparecía "Alma de bohemio", un tango donde el aire romántico se hace completamente perceptible y que constituye, sin duda, su obra más célebre.
Otros de sus tangos son "El compinche", "El ahorcado", "Fuegos artificiales" (a medias con Eduardo Arolas), "Didí", "El bisturí", "El amanecer" (el primer ejemplo de música descriptiva en el género), "El gallito", "El rápido", "Vea Vea", "El apronte", "Montevideo", "La carcajada" y muchos otros. Fue también un apasionado cultor del vals, de los que produjo una gran cantidad, en general con gran repercusión en la época: "Pálida sombra", "Horizonte azul", "Noche calurosa", "Ondas sonoras", "Noches de frío" y otros.
En 1916, le tocó estrenar, en Montevideo, el que se convertiría en el tango de los tangos, "La cumparsita", de Gerardo Hernán Matos Rodríguez, que por entonces era una página de dos partes. Firpo, a la moda de la Guardia Vieja, le compuso la tercera. Tiempo después se arrepentiría de no haberlo firmado conjuntamente: los derechos de "La cumparsita" reportaron millones de pesos.
Con respecto a este tango fundamental, el mismo Firpo recordaba: «En 1916 yo actuaba en el café La Giralda de Montevideo, cuando un día llegó un señor acompañado de unos quince muchachos -todos estudiantes- para decirme que traían una marchita y querían que yo la arreglara porque pensaban que allí había un tango. La querían para la noche, porque la necesitaba un muchacho llamado Matos Rodríguez. En la partitura en dos por cuatro aparecía un poco la primera parte y en la segunda no había nada. Conseguí un piano y recordé dos tangos míos compuestos en 1906 que no habían tenido ningún éxito: "La gaucha Manuela" y "Curda completa". Y le puse un poco de cada uno. A la noche lo toqué con Bachicha Deambroggio y Tito Roccatagliatta. Fue una apoteosis. A Matos Rodríguez lo pasearon en andas. Pero el tango se olvidó, su gran éxito comenzó cuando le adosaron la letra de Enrique Maroni y Pascual Contursi».
En más de una oportunidad, debió compartir el escenario con el dúo Gardel-Razzano, además de soportar sus incansables bromas. Cierta vez, cuando Firpo interpretaba el pasodoble "¡Qué salga el toro!", en el momento en que uno de los integrantes de la orquesta gritaba el título en medio de la interpretación, Carlitos -usando sus índices a modo de cuerno- arremetió contra los músicos que fueron a dar por el suelo. Más allá de tan terribles bromas, Firpo y Gardel-Razzano grabaron juntos, por única vez, en 1917, el tango fue "El moro", en cuya etiqueta no figuró, extrañamente, el nombre de los cantores, salvo -claro está- como autores. ¿Venganza de Firpo? No, lo que ocurrió en realidad es que no estaba previsto ningún tipo de vocalización. ¿Qué ocurrió entonces? Cuenta la anécdota que Gardel y Razzano irrumpieron en la sala de grabación y la broma, en este caso, consistió en cantar la letra del estilo sorprendiendo al maestro Firpo. La empresa discográfica editó el disco sin modificar la etiqueta del disco.
Armenonville, El tambito, Palais de Glace, Bar Iglesias, L'Abbaye, Teatro Buenos Aires, Teatro Nacional, Salón San Martín -el famoso Rodríguez Peña-, Colonia Italiana, son sólo algunos de los muchísimos sitios por donde deambulaba Firpo con sus conjuntos, primero, y con su orquesta después. Todos ellos le reportaron fama y dinero. Y más dinero aún a raíz de las grabaciones que le ofrecían como consecuencia del éxito.
En 1930, sorpresivamente abandonó por un tiempo el tango. Él mismo explicó el motivo a Héctor y Luis Bates: «Con el dinero que recibí por las grabaciones me sentí ganadero. Todo lo que tenía lo invertí en hacienda. En un año solamente llegué a ganarme un millón de pesos(...) Después vino aquella tristemente célebre crecida del Paraná que diezmó mi hacienda; quise resarcirme de tanta pérdida e intenté suerte en la bolsa. Allí perdí todo lo que me quedaba. Tuve que volver al trabajo de antes, formé mi orquesta y empecé de nuevo».
También volvió a la composición, con un título por demás elocuente: "Honda tristeza".
La trayectoria de Firpo fue extensísima y en no pocas ocasiones retornó al pequeño conjunto, como sus cuartetos de larga permanencia y diversas formaciones -en el primero de ellos-, de 1933, ya tocaba Juan Cambareri, El Mago del Bandoneón-, o su excelente Quinteto de Antes.
Firpo fue uno de los más grandes músicos del tango, de gran erudición musical no obstante mantenerse dentro de la más pura escuela tradicional del género.
Su labor discográfica es inmensa y seguramente han quedado títulos sin registrar. Durante la etapa acústica de grabación hizo más de 1650 registros y al final de su carrera, allá por 1959, totaliza una cifra cercana a las 3000 grabaciones.
El 14 de junio de 1969, convertido desde hacía tiempo en una gloria viviente del tango, la vida le marcó el acorde final.
martes, 8 de mayo de 2018
NUESTRA SEÑORA DE LUJÁN
florcarm.gif (254 bytes) El Milagro de la Imagen:
Corría el mes de mayo de 1630 cuando la milagrosa imagen de la Virgen de Luján llegó a la Argentina.
Nuestra Señora de LujánAntonio Farías Sáa, era un hacendado radicado en Sumampa (Santiago del Estero) que quería colocar en su estancia una capilla para la Virgen. Este hombre le pidió a un amigo que vivía en Brasil que le enviara una imagen que representara la Inmaculada Concepción de María. El amigo le envió dos, la que le había encargado y otra de la Virgen con el Niño Jesús. Cuando llegaron, fueron colocadas en una carreta y partieron en una caravana rumbo a Sumampa.
La caravana se detuvo a orillas del río Luján a 67 kilómetros de Buenos Aires, en una hacienda, conocida como la estancia de Rosendo. Al llegar el otro día los carreteros iban a proseguir con el viaje, pero la carreta que llevaba la imagen no se movía, intentaron de todas las formas posibles que caminara, bajaron la mercadería, colocaron más bueyes, pero todo fue inútil, las dos imágenes estaban en el fondo de la carreta en dos pequeños cajones.
Los carreteros retiraron una imagen y no se movió, la subieron y bajaron la otra, y la carreta marcho normalmente. En ese instante los hombres comprendieron que estaba ocurriendo algo milagroso. Al ver que la Virgen no quería marcharse se dirigieron a la casa más cercana, la de don Rosendo.
La familia se emocionó al ver la imagen y la colocaron el su casa, la noticia corrió por toda la región, y se enteraron hasta en Buenos Aires. Las personas empezaron a viajar al lugar, entonces don Rosendo construyó una pequeña capilla, entre los pajonales de la pampa, en este lugar permaneció la virgencita desde 1630 hasta 1674.
florcarm.gif (254 bytes) El Negro Manuel:
Nuestra Señora de LujánEste hombre dedicó toda su vida, desde que llegó a la Argentina, a cuidar a la Virgen de Luján. Fue traído de Africa y vendido como esclavo en Brasil. Llego al Río de la Plata a los 20 años de edad, en la embarcación en donde venia la bendita imagen, presenció el milagro en la estancia de don Rosendo.
Se desconoce quien era su dueño, pero Manuel permaneció en la estancia al cuidado de la imagen, consagrando su vida al atención de la santísima Virgen.
La tradición nos dice que Manuel, realizaba curas milagrosas con el sebo de las velas de la capilla y relataba a los peregrinos los viajes de la Santa Virgen, que salía de noche para dar consuelo a los afligidos. Manuel guardaba de los viajes de la Señora los abrojos se desprendían del vestido de la Virgen. Con los años, don Rosendo falleció y el lugar quedo casi abandonado, pero éste hombre fue siempre fiel y continuó al servicio de la Virgen.
florcarm.gif (254 bytes) Doña Ana Mattos:
Doña Ana Mattos, viuda de Siqueyras era una señora que tenia gran cantidad de tierras a orillas del río Luján, ella quería llevar la imagen a su casa y realizarle una capilla, para ello en el año 1674, habló con el Cura Juan de Oramas, administrador de los bienes de don Rosendo y la colocó en su casa, pero la Santa Virgen desapareció y la encontraron en su antigua ermita (capilla), doña Ana volvió a llevar la imagen a su casa y por segunda vez regresó a la estancia de don Rosendo.
La dama consultó entonces a las autoridades eclesiásticas y civiles, quienes viajaron al lugar y examinaron lo sucedido, esta vez la Virgen fue trasladada en una devota peregrinación y en compañía de Manuel. Desde ese momento la imagen no retornó más a su antigua capilla.
Luego de confirmar la veracidad de lo sucedido la Autoridad Eclesiástica, autorizó oficialmente el culto público a la "Pura y Limpia Concepción del Río Luján". Doña Ana donó el terreno para la realización del nuevo templo en el año 1677 lugar en donde actualmente se encuentra la hermosa Basílica de Luján.
florcarm.gif (254 bytes) Don Pedro de Montalbo:
El clérigo don Pedro de Montalbo estaba muy enfermo y desahuciado, en 1684 viajó a Luján, casi moribundo fue llevado a la capilla. El Negro Manuel le ungió el pecho con el sebo de la lámpara que ardía en el altar y le dio de beber una infusión con abrojos de los que solía desprender del vestido de la Virgen. Don Pedro sano milagrosamente y agradecido se quedo como primer capellán.
florcarm.gif (254 bytes) El pueblo de Luján:
El lugar empezó a poblarse con los devotos de la Virgen. De esta forma el paraje se convirtió en una aldea que se llamó Pueblo de Nuestra Sra. de Luján, en 1755 se le otorgó el título de Villa.
La devoción por la Virgen fue creciendo año tras año, así como los milagros que ocurrían y el 23 de octubre de 1730, Luján era instituida Parroquia. El cura párroco don José de Andújar deseaba ampliar el templo y junto al Obispo Fray Juan de Arregui, iniciaron la construcción, pero esta no llegó a buen termino porque después de grandes contratiempos terminó por desplomarse.
florcarm.gif (254 bytes) Don Juan de Lezica y Torrezuri:
Este hombre nacido en Vizcaya, España, estaba muy enfermo y fue curado milagrosamente por la Santísima Virgen de Luján. Don Juan, en agradecimiento se entregó por completo a la creación del nuevo templo y a fines de 1754 se inicio la construcción, en 1763 se terminó felizmente la obra y los cabildantes de Luján eligieron y juraron a Nuestra Señora por celestial Reina y Patrona.
florcarm.gif (254 bytes) El Padre Salvaire:
Hacia el año 1872, el Arzobispo de Buenos Aires, Monseñor Federico Aneiros, entregó la custodia del templo a los sacerdotes de la congregación de la Misión, conocidos como Padres Lazaristas. En aquel entonces el teniente Cura Jorge María Salvaire fue herido en un viaje por los indios y estuvo al borde de la muerte, en ese momento realizó una promesa a la Santísima Virgen y milagrosamente fue sanado.
La promesa del Padre Salvaire fue, "Publicaré tus milagros..., engrandeceré tu Iglesia" En cumplimiento de este voto, publicó en 1885 la "Historia de Nuestra Sra. de Luján".
En 1889 fue nombrado Cura Párroco de Luján y dedicó su vida y esfuerzos para edificar la gran Basílica, con el apoyo de Monseñor Aneiros y la colaboración de sus compañeros de Congregación, inició la construcción de la actual Basílica Nacional.
Cuando falleció en 1899, la obra continuo en las manos del Padre Dávani, quien murió en 1922, para ese entonces el Santuario ya estaba terminado en su estructura fundamental.
florcarm.gif (254 bytes) La Solemne Coronación de la Virgen de Luján:
EL Padre Salvaire, en 1886, presentó al Papa León XIII, la petición del Episcopado y de los fieles del Río de la Plata para la coronación de la Virgen, el Pontífice bendijo la corona y le otorgó Oficio y Misa propios para su festividad, que quedó establecida en el sábado anterior al IV domingo después de Pascua. La Coronación se realizó en mayo de 1887.
florcarm.gif (254 bytes) La Basílica de Luján:
Basílica de LujánEl Santuario de Luján es de estilo gótico ojival del siglo XIII. Sus dimensiones son: anchura en el crucero, 68,50 m.; longitud, 104 metros; anchura de frente, 42 m.; altura en las dos torres mayores, 106 m. El 8 de diciembre de 1930, el Papa Pío XII, le otorgó oficialmente el título de Basílica.
La Imagen de la Virgen de Luján:
La imagen es pequeña (38 centímetros), está modelada en arcilla cocida (terracota), su rostro es ovalado, de color moreno. Los pies de la Santa Imagen se apoyan sobre nubes, desde las cuales surge una media luna y cuatro cabezas de querubines, con sus pequeñas alas desplegadas.
Esta cubierta con vestiduras: túnica blanca y manto azul-celeste. Tiene las manos juntas en el pecho.
El Padre Salvaire hizo recubrir la Santa imagen con una coraza de plata para impedir su deterioro. Antes de esta operación se sacaron moldes que permitieron su reproducción auténtica.
En 1887, el Padre colocó la Imagen sobre una base de Bronce, le adosó la rayera gótica con la inscripción: "Es la Virgen de Luján la primera Fundadora de esta Villa" y una aureola de doce estrellas. Ornamentada en esta forma, fue coronada con la corona Imperial bendecida por León XIII.
El 3 de diciembre de 1871 se realizó la primera peregrinación general al Santuario de Luján, desde entonces millones de personas concurren cada año. Es uno de los centros de peregrinación más importantes de Latinoamérica. Actualmente, la fiesta principal se celebra el 8 de mayo.
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EXPEDICIÓN DE GABOTO SEBASTIÁN DESCUBRIMIENTO DEL RÍO PARANÁ
EXPEDICIÓN DE GABOTO SEBASTIÁN
DESCUBRIMIENTO DEL RIO PARANÁ
historiaybiografias.com/gaboto/
Sebastián Gaboto y el descubrimiento del Río Paraná — El monarca español, ante la certeza de que la Especiería estaba comprendida Sebastián Gabotodentro de la jurisdicción de Castilla, organizó la Casa de Contratación de la Especiería en la Coruña, para el tráfico con las Molucas.
Se preparó una expedición que debía seguir la ruta de Magallanes y El Cano y que fijaría exactamente la jurisdicción castellana. Se puso al frente de ella a García Jofré de Loaysa y El Cano iba como guía, pero la empresa fracasó; cruzado el estrecho de Magallanes, murieron en alta mar primero Loaysa y más tarde El Cano.
Algunos sobrevivientes establecieron una fortaleza en Tidore, para defender los derechos de Castilla ante Portugal, y otros llegaron a la costa mejicana. Una de las naves tocó costa de Brasil y algunos hombres quedaron allí, deslumbrados por los relatos de riquezas que habría más al norte.
Cuando ocurrían estos acontecimientos, ya había salido de España Sebastián Gaboto, hijo de Juan Gaboto, que había realizado viajes por cuenta de la corona inglesa. Establecido en España se lo nombró piloto mayor en reemplazo de Solís, que había muerto. Firmó capitulación para recorrer la ruta de El Cano y llevar mercaderías valiosas de lasMolucas, Cipango y Cathay.
Zarparon de San Lúcar de Barrameda en cuatro naves. Tocaron las Canarias; después se negó a hacer conocer a sus capitanes la ruta que pensaba seguir y en vez de enfilar hacia el sur para cruzar el Estrecho, ordenó poner rumbo a las costas del Brasil, que avistaron a la altura del cabo de San Agustín.
Esto indujo a algunos investigadores a pensar que al salir de España ya tenía la intención de cambiar de ruta, seducido por las riquezas de que hablaban los náufragos y desertores que vivían en la costa del Brasil. Ellos les indicaron en conversaciones directas que el camino a seguir era el río de Solís, que llamaban de la Plata.
Gaboto reunió a los capitanes de su armada para deliberar y decidieron explorar el Río de la Plata en vez de cumplir lo capitulado. En el puerto de los Patos (sobre el continente, frente a Santa Catalina) se construyó una nave de poco fondo para recorrer los ríos y se levantó la primera iglesia de estas regiones.
Ya en el Río de la Plata Gaboto fundó el puerto de San Lázaro. Cerca de la isla San Gabriel encontró a Francisco del Puerto que le confirmó las noticias sobre la Sierra de la Plata, en cuya búsqueda decidieron lanzarse. Al llegar a la confluencia del Coronda con el Carcarañá fundó el fuerte de Sancti Spiritus (9 de junio de 1527). Alrededor del fuerte cada conquistador construyó su casa de paja y adobe. Era esta la primera población española del Río de la Plata, adonde llevaron a los españoles de San Lázaro.
En diciembre Gaboto salió en busca de la Sierra de la Plata, remontando el Paraná hasta el Paraguay donde tuvo noticias de que naves desconocidas habían penetrado en el Paraná; esto unido a una emboscada de los indios en la que murieron varios españoles, decidió a Gaboto a regresar. En el camino se encontró con las naves de Diego García de Moguer.
Este marino había venido en la expedición de Solís y regresó a España deslumbrado por las noticias que había recibido sobre una región rica en metales preciosos. Consiguió armar una expedición y firmó la capitulación correspondiente, por la que se comprometía a ir a las Molucas. Era una expedición modesta, integrada por dos naves y un bergantín que se encontró con la de Gaboto en la isla de Palma, donde García terminaba de prepararse y por donde Gaboto pasaba en viaje a América.
También en busca de las tierras del Rey Blanco penetró en el Río de la Plata y entró al Paraná llegando a Sancti Spiritus. Como fracasó en su intento de apoderarse del fuerte salió en busca de Gaboto. Después de veintisiete días se encontraron, disputando sobre sus derechos, pero como no se pusieron de acuerdo decidieron regresar a Sancti Spiritus para reacondicionarse, emprendiendo juntos la conquista del Imperio del Rey Blanco.
Salieron con siete naves hacia el norte, pero tuvieron noticias de la hostilidad de los indígenas y regresaron por ello aSancti Spiritus. En esos días llegó al fuerte Francisco César, el capitán que había sido enviado hacia el oeste por Gaboto, quien confirmó los datos sobre una región llena de riquezas, de metales y piedras preciosas, que ellos decían haber visto. García y Gaboto, más interesados que nunca en alcanzarla, salieron nuevamente llegando hasta el Paraguay y quizás hasta el Pilcomayo.
Supieron que los indios de toda la zona preparaban un gran levantamiento, por lo que regresaron a Sancti Spiritusdesde donde salió Gaboto para pacificar la región. En su ausencia los indios atacaron y destruyeron el fuerte. Los pocos españoles que lograron salvarse se refugiaron en San Salvador, donde estaba Gaboto. Este y García ál comprobar el desastre decidieron regresar a España, haciéndolo primero García. Llega con a la península con seis días de diferencia, en julio de 1530.
Gaboto recorrió los ríos hasta el paralelo 25, punto máximo que logró llegar por el norte.
LOS INDIOS QUE LLEVO CABOTO A ESPAÑA
Según el historiador De Gandía, Caboto volvió a España en 1530, después de haber navegado por primera vez el Paraná, descubierto el interior de Argentina y Paraguay, fundado el primer establecimiento español en estas tierras y plantado el primer trigo. Llevaba a bordo una pequeñísima muestra de plata, enloquecedores rumores sobre la supuesta abundancia de tesoros (que no se daban en realidad en el Río de la Plata, sino en el Alto Perú, en Potosí) y cinco indios.
Sabemos los nombres de tres: Curupao, Carapucá y Chocoví; los nombres de un indio y una india, probablemente marido y mujer, quedaron ignorados para la historia. Diego García, que partió para España a fines de 1529, llevó seis indios capturados en las costas de Brasil. Los reyes de España se preocuparon mucho de estos indios.
El 1 de setiembre de 1530 ordenaron a la Casa de Contratación de Sevilla que los tres indios Curupao, Carapucá y Chocoví’ que Caboto había entregado a Hernando de Andrada, fuesen vestidos, en caso de no estarlo y llevados a la corte, para verlos y luego alojarlos en un convento. Parece que esta orden no se cumplió, pues el 27 de octubre del mismo año los reyes pidieron noticias de los indios.
El 10 de diciembre vuelven a pedir noticias y solicitan que los indios fuesen adoctrinados en monasterios. En cuanto a los seis indios que trajo Diego García de Moguer, sabemos que fueron embarcados y que el 4 de abril de 1531 los reyes pedían noticias de ellos a la Casa de Contratación.
Los indios seguían embarcados y el 22 de junio de 1531 los reyes dispusieron fuesen devueltos a su propietario. Por una noticia del 20 de mayo de 1532, sabemos que un indio y una india traídos por Caboto de la isla de Santa Catalina se habían hecho cristianos, pero se ignoraba su paradero.
El 22 de agosto de 1534 los reyes disponen que los indios sean devueltos a sus tierras en la armada que estaba preparando Pedro de Mendoza. Como ya hablaban español podían servir de intérpretes; los llamaban ladinos (o sea, latinos^ El 9 de enero de 1535 los reyes ordenan que si los indios estaban en conventos y deseaban embarcar con Pedro de Mendoza, lo podían hacer.
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