jueves, 21 de enero de 2016

De qué se trata la ley de derribo...(2)


http://www.unirargentina.com.ar/diputado-asseff-proyecto-de-ley-de-derribo-y-de-radarizacion-de-toda-la-frontera/ CONTINUACIÓN... Artículo 9º.- El Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina tendrá un plazo de NOVENTA (90) días corridos a partir de la promulgación de la presente ley, para la elaboración y su posterior elevación al Ministerio de Defensa de la totalidad de las especificaciones operativas y técnicas del Plan Nacional de Protección Aérea de las Fronteras del Territorio de la República Argentina. Artículo 10º.- Designase a la Fuerza Aérea Argentina , en su calidad de responsable de la defensa, vigilancia y control integral del espacio aéreo, Organismo Ejecutor del Plan Nacional de Protección Aérea de las Fronteras del Territorio de la República Argentina, facultando al mismo a consumar la totalidad de las tareas que demande la ejecución de la presente ley, en el marco de las responsabilidades que le son propias. Artículo 11º.- Autorícese al Organismo Ejecutor a elevar al Ministerio de Defensa como Autoridad de Aplicación, las recomendaciones y especificaciones técnicas y operativas para la mejor aplicación del Plan Nacional de Protección Aérea de las Fronteras del Territorio de la República Argentina, toda vez que lo considere pertinente y de conformidad con el texto de la presente ley. Artículo 12º.- Se instruye a la Autoridad de Aplicación a declarar “Secreto Militar” de acuerdo a los términos del Decreto Nº 9390/63, a partir de la publicación de la presente ley, a las especificaciones técnicas y operativas que considere pertinente reservar. Artículo 13º.- Quedan sin efecto todas las normas contenidas en las leyes 23.554 y 24.059 y en el Decreto 1407/04 que se contrapongan a lo dispuesto en el presente articulado. Artículo 14º.- De forma FUNDAMENTOS Señor presidente:La creciente preocupación por el narcotráfico en la Argentina ha vuelto a encender el debate sobre la necesidad de una ley para el derribo de aviones que entren al país en forma ilegal. La iniciativa se empezó a discutir en 2004, cuando el entonces presidente Néstor Kirchner firmó un decreto que establecía un plan de instalación de 69 radares en todo el país. Sin embargo, la iniciativa nunca se concretó. Desde entonces, Brasil, Chile y Uruguay reforzaron el control de su espacio aéreo. A su vez, Argentina se consolidó como un centro de procesamiento y distribución de drogas para el mundo y ello determina a los legisladores, como en mi caso, a impulsar un nuevo proyecto de interceptación de aeronaves que entren al país de forma ilegal. “La frontera norte argentina es un verdadero colador en virtud de la falta de radares”. Esta es la afirmación más sólitamente transmitida a la opinión pública por parte de diversos dirigentes y gobernantes. Nuestros radares son limitados y, salvo el de Resistencia, son móviles. Tienen cerca de 30 años de uso y funcionan 4 o 5 horas por día por falta de recursos. Todos los días, ingresan alrededor de 100 vuelos ilegales en el país, haciendo referencia a informes de la Fuerza Aérea y la Gendarmería, pero el número exacto no se conoce, ya que no hay cómo medirlo. Este proyecto de ley prevé la instalación integral de radares en Argentina y estipula un protocolo de interceptación muy similar al que Brasil reglamentó en 2004, pero a diferencia de iniciativas diversas presentadas en esta Cámara, que sólo lo fue para la frontera norte del país, el que presento lo es para todas las fronteras del territorio de la República Argentina. Bajo la nueva ley, los pilotos de la Fuerza Aérea seguirán seis pasos de advertencia hasta permitirse la última instancia: la destrucción del avión infractor. De ser promulgada, la nueva ley le confiere al Ministerio de Defensa dos años para completar la instalación de radares 3D o de otros modelos que los mejoren en tecnología, a lo largo de toda las fronteras del territorio de la República Argentina. La ley también fija un plazo de 18 meses para que la Fuerza Aérea se reequipe de aeronaves interceptoras. La “Ley de Derribo”, como fue llamada,, anteriormente proyectada, contó con el apoyo inicial de 15 legisladores de la oposición, integrantes del PRO y del Peronismo Federal. Sin embargo, el Poder Ejecutivo nacional la rechazó, neutralizando su tratamiento. El entonces Jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, declaró a la prensa local que apoyar una “Ley de Derribo” sería como avalar la pena de muerte. “La radarización en sí misma no resuelve absolutamente nada”, dijo Fernández en una entrevista al canal C5N. “Es una de las tantas zonceras argentinas”. Según el funcionario, el país adhiere a los protocolos de seguimiento de aviación que marca la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Y esa legislación no permite poner en riesgo la tripulación o los pasajeros de un avión. En 2004, sin embargo, Fernández se había declarado favorable a una ley de derribo como la brasileña. “Terminaremos siendo una gran pista si no actuamos de la misma manera”, dijo el entonces ministro del Interior al diario La Nación. Ese proyecto de ley de abril de 2011 y este proyecto actual siguen los protocolos de Brasil, pero éste además contempla la modificación del Código Aeronáutico en el artículo 24 de la Ley 17.285, con el nuevo texto que se propone. “Si Brasil captura a los aviones mediante las advertencias sonoras y visuales, sin nunca tener que derribar a los aviones, en Argentina tendría que pasar lo mismo”, aseguró un dirigente político en una declaración pública. “El narcotráfico ha mutado desde los pasos clandestinos hacia el transporte aéreo”, dijo Claudio Izaguirre, titular de la Asociación Antidrogas de la República Argentina (AARA). Según Izaguirre, el 80% de la droga entra por el norte argentino en avión desde Bolivia, Perú, Colombia y Paraguay. “En tierra está la Gendarmería. En el agua, la Prefectura Naval. Pero en el aire no hay control alguno”, agregó. En la franja norte de Argentina, desde la Cordillera de los Andes hasta el Atlántico, hay alrededor de 1.500 pistas clandestinas, precisó Izaguirre. Izaguirre dijo que los traficantes en general vienen con aviones Cessna que cargan 600 kilos de drogas cada uno. Si el avión viene con el copiloto, para largar la mercadería desde el aire, el peso es de hasta 400 kilos por viaje. Cada avión hace hasta tres ingresos al día. “Además de la falta de radares, los pilotos de la Fuerza Aérea Argentina tienen prohibido por ley interceptar aeronaves”, indicó Izaguirre. “Cuando encuentran aviones narcos, lo único que pueden hacer es sacarles fotografías”. “La Argentina cuenta con la empresa INVAP, que fabrica radares 3D en Bariloche. Pero no hay decisión política para hacer control del espacio aéreo”, completó. Es de destacar que al tener Brasil la ley de derriobo vigente, el narcotráfico aéreo se ha desviado hacia la Argentina por obvios motivos. Esto explica parcialmente el crecimiento exponencial del narcotráfico en nuestro país en el último lustro.